II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2024-6146)
Resolución 520/2024, de 28 de febrero, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Sección Sanitaria de Cronicidad de la Subdirección para la Coordinación de Atención Primaria en Vitoria-Gasteiz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

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dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de la
última publicación de la presente Resolución de Convocatoria en los Boletines Oficiales
correspondientes. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las personas interesadas deberán presentar su solicitud con todos sus datos
personales, acompañada de su curriculum vitae (CV) documentado en la Dirección de
Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.
La documentación deberá contener:
– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.
– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o,
en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.
– Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
– Certificación original actualizada de los servicios prestados, con expresión de la
categoría a la fecha de publicación de esta Resolución de Convocatoria en el BOPV.
– Memoria-Proyecto de Gestión de la sección cuya cobertura se pretende.
– Fotocopia compulsada de todos los documentos que acrediten los méritos
valorables.
No será preciso acreditar en la forma indicada previamente aquéllos extremos que
consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV de
Osakidetza, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud.
4.

Relación provisional de personas admitidas y excluidas.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de
Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, mediante resolución, hará pública, en la página
web de Osakidetza, la relación provisional de personas admitidas y excluidas al proceso,
con indicación de la causa de exclusión.
Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de la precitada resolución, para la
presentación de reclamación a la misma.
Si la causa de exclusión fuera por un defecto subsanable, mediante la publicación de
la relación provisional, se requerirá a las personas interesadas para que en el plazo
de diez días hábiles subsanen las deficiencias observadas o acompañen los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieren, se acordará su exclusión
definitiva del proceso.

Transcurrido el plazo de reclamaciones y/o subsanación de solicitudes, la Dirección
General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud publicará mediante resolución, en los
mismos lugares indicados en el párrafo anterior, la relación definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas al proceso, junto con la composición de la Comisión de
Valoración. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el
Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza en el plazo de un mes desde su
publicación en la página web. Asimismo, esta resolución será notificada a los candidatos
del proceso.
La Comisión de Valoración estará presidida generalmente por el/la Director/a de
Asistencia Sanitaria, e integrada por el/la Subdirector/a para la Coordinación de la
Atención Primaria o Jefe/a de Servicio Corporativo de la Dirección General de
Osakidetza, el/la Director/a de Personas (que actuará como Secretario/a con voz y voto),
y en caso de no ser posible con otros cargos de la organización. Todos ellos deberán
reunir la condición de personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo del
mismo nivel de titulación que el puesto convocado.

cve: BOE-A-2024-6146
Verificable en https://www.boe.es

5. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas, y la composición de la
comisión de valoración.