III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-6173)
Resolución de 19 de marzo de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Privada Centro de Estudios Internacionales, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35569

de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar dentro de su ámbito de
actuación, y tiene como finalidad fundacional impulsar, patrocinar y apoyar las
actividades dirigidas al estudio, la investigación, el análisis, el debate, la formación y el
desarrollo de las relaciones internacionales y entre sus actividades se encuentra la
Educación, por lo que dado su carácter educativo sus fines, son concurrentes o
complementarios con los del Instituto Cervantes.
La FCEI es titular del Centro de Estudios Internacionales, centro docente de
enseñanza superior adscrito a la Universidad de Barcelona, de acuerdo con el convenio
de adscripción y de colaboración académica, firmado entre ambas instituciones el 23 de
septiembre de 2015 y según consta en el número 1 de la Resolución EMC/2997/2019,
de 6 de noviembre de la Consejera de Empresa y Conocimiento de la Generalitat de
Cataluña «aprobación de la adscripción del Centro de Estudios Internacionales en la
Universidad de Barcelona, con sede administrativa en la Finca Agustí Pedro i Pons,
ubicada en la avenida Vallvidrera, 25, de Barcelona».
III. Que el Instituto Cervantes y la FCEI suscribieron el 27 de marzo de 2023 un
convenio para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes y es
voluntad de las partes suscribir el presente convenio con el fin de actualizar la anterior
colaboración y mantener la cooperación en el desarrollo de un programa de prácticas
académicas externas para que los estudiantes de la Universidad puedan realizar
prácticas curriculares y extracurriculares, no remuneradas en las sedes del Instituto
Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, que les permitan aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la FCEI para la realización de prácticas académicas externas, curriculares y
extracurriculares, no remuneradas de estudiantes matriculados o que se encuentren
cursando estudios en la FCEI, en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus
centros en el exterior.
Segunda.

Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.

En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
La FCEI asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria de
prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así como

cve: BOE-A-2024-6173
Verificable en https://www.boe.es

Primera.