III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-6194)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para 2023 e iniciales para 2024 del Convenio colectivo de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35772

Con el siguiente orden del día:
1. Revisión, si procede, de las tablas salariales de 2023, por aplicación de la
cláusula de revisión salarial contemplada en el artículo 16.3 del convenio, y de acuerdo
con el procedimiento de aplicación recogido en el apartado 7.A del mismo artículo.
2. Aprobación de las tablas salariares iniciales para 2024, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.4 del convenio, y de acuerdo con el procedimiento de
aplicación recogido en el apartado 7.B del mismo artículo.
3. Aprobación de la revisión del importe del complemento salarial por movilidad
territorial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del convenio para 2024.
4. Habilitar a un miembro de la comisión para la posterior tramitación, registro y
publicación en el BOE de los acuerdos.
5. Ruegos y Preguntas.
Una vez debatidos los puntos anteriormente relacionados, por unanimidad se
adoptan los siguientes acuerdos:
Primero.
Visto que la tasa de variación anual del Índice de Precios al Consumo para 2023,
publicada por el INE el pasado 12 de enero de 2024, quedó situada en el 3,1 %, y
resultando este porcentaje inferior al incremento inicial pactado para 2023 en el
artículo 16.3 del convenio (un 4 %), las partes constatan que no procede revisar la tabla
económica para 2023, que mantiene los mismos importes, y que a partir de ahora
tendrán la consideración de importes definitivos del punto 1 de la tabla económica para
dicho año 2023, que se adjunta como anexo I a la presente acta.
Segundo.
Aplicar un 3 % de incremento a los importes definitivos del punto 1 de la tabla
económica de 2023, establecidos en el punto anterior, de manera que los valores
resultantes de este incremento serán considerados como importes iniciales del punto 1
de la tabla económica para 2024, que se adjunta como anexo II a la presente acta, con
efectos 1 de enero de 2024.
Tercero.
Aplicar un 3 % de incremento al importe del complemento salarial por movilidad
territorial de 2023, que estaba establecido en 2.000 euros brutos anuales, de manera
que para el ejercicio 2024 dicho complemento queda fijado en la cantidad de 2.060 euros
brutos anuales. Estos importes se adjuntan en los correspondientes anexos I y II con las
tablas económicas.
Cuarto.

Quinto.
No se producen intervenciones.
Y sin más temas que tratar, y en prueba de conformidad, los abajo firmantes suscriben
la presente acta, levantándose la sesión a las 17.00 horas.–En representación de la parte
social, José Luis Mazón Lloret y María Pedraza López-Rey.–En representación de la
parte empresarial, Salvador González Zafra e Inés M.ª Mazuela Rosado.

cve: BOE-A-2024-6194
Verificable en https://www.boe.es

Facultar a don José Luis Mazón Lloret, al objeto de que tramite y deposite esta acta y
las tablas económicas en ella incluidas, ante el REGCON, para que el Ministerio de
Trabajo proceda a su correspondiente registro y publicación en el BOE, y que efectúe
cualquier otro trámite legal que sea oportuno.