I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-6087)
Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 35369

de las actuaciones inherentes a la titularidad de los archivos estatales gestionados por
las comunidades autónomas y el asesoramiento respecto de los archivos de titularidad
estatal dependientes de otros ministerios.
x) El fomento de la conservación del patrimonio documental, su protección,
promoción y difusión nacional e internacional. La coordinación del Sistema Español de
Archivos y el impulso de la cooperación con otras administraciones y entidades públicas
o privadas en materia de archivos a través del Consejo de Cooperación Archivística, así
como la cooperación con otros países y ámbitos culturales, especialmente con los países
de la Unión Europea, de Iberoamérica y del Mediterráneo, con el fin de fomentar el
conocimiento y la difusión de los documentos que forman parte de una historia común.
y) La gestión y desarrollo del Portal de Archivos Españoles (PARES), con el fin de
fomentar el acceso libre y gratuito de los usuarios a los contenidos culturales e
informativos que se custodian, y el impulso del Censo-Guía de Archivos, con la finalidad
de que los ciudadanos puedan localizar de forma inmediata los centros de archivo, así
como los fondos y colecciones que custodian y los servicios que éstos prestan.
z) La coordinación colegiada del Sistema de Archivos de la Administración General
del Estado a través de la Comisión de Archivos de la Administración General del Estado.
aa) La gestión de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos
y, en general, cuantas competencias corresponden al Ministerio en relación con el
estudio y dictamen sobre las cuestiones relativas a la calificación y utilización de los
documentos de la Administración General del Estado y de los organismos públicos
vinculados o dependientes de ella, así como con su integración en los archivos y el
régimen de acceso e inutilidad administrativa de tales documentos.
ab) La coordinación del sistema de gestión documental integral de la
Administración General del Estado, haciendo hincapié en la gestión del patrimonio
documental electrónico, con el fin de implementar políticas y procedimientos que
permitan controlar la creación, la recepción, la transmisión, el mantenimiento y el acceso
a la información pública, faciliten la toma de decisiones a los órganos administrativos y
sean garantes de los derechos de los ciudadanos.
ac) La promoción de la creación artística y de las exposiciones y cualesquiera otras
actividades de difusión de las artes visuales y de la creación contemporánea.
ad) El desarrollo y ejecución de planes y programas de exposiciones temporales
vinculados con la creación contemporánea.
ae) La coordinación con la Mesa del Sector del Arte Contemporáneo y con cuantas
asociaciones y grupos sectoriales relacionados con la creación contemporánea se
consideren.
af) La gestión de subvenciones y ayudas relacionadas con las artes visuales y la
creación contemporánea.
ag) La asistencia a comités, grupos de trabajo y otros foros de la Unión Europea
relacionados con las artes visuales y la creación contemporánea.
ah) El fomento y creación de espacios de colaboración y pensamiento
contemporáneos, vinculados directamente con las artes visuales y la creación
contemporánea.
ai) La gestión y promoción de los centros de producción y de residencias artísticas
adscritos a esta Dirección General, en especial el Centro Nacional de Fotografía (Soria)
y aquellos que se creen, facilitando que cumplan las funciones de adquisición,
conservación, investigación, comunicación y exhibición de creaciones visuales
contemporáneas.
2. Dependen de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes las
siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales, a
la que corresponde la ejecución de las funciones atribuidas a la Dirección General en los
párrafos a), b), c), d), e), f), g) y h) del apartado 1.

cve: BOE-A-2024-6087
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Núm. 76