II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2024-6144)
Orden de 8 de febrero de 2024, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico en razón de puesto y/o idioma, para la provisión de los puestos singularizados del Cuerpo de Médicos Forenses en el Instituto Vasco de Medicina Legal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Miércoles 27 de marzo de 2024
Artículo 10.

Sec. II.B. Pág. 35515

Carácter de los destinos adjudicados.

1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Decreto 16/1993 de 2 de
febrero, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, aquel personal
funcionario que hubiera obtenido un puesto de trabajo por este concurso específico
podrá renunciar a éste si antes de finalizar el plazo de toma de posesión hubiera
obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el personal, en
este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de
comunicación, el personal funcionario deberá tomar posesión en el primero de los
destinos adjudicados.
Artículo 11.

Derecho supletorio aplicable.

En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, se aplicará lo
dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 43 y
siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del
Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y, con carácter
supletorio, lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.
Artículo 12.

Recursos.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición
en el plazo de un mes ante la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, según
lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de VitoriaGasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del País Vasco» y el «Boletín Oficial del Estado». Si no se lograra la
simultaneidad de publicación, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la
publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso potestativo de reposición
sin que recaiga resolución expresa, se entenderá desestimado el mismo, pudiéndose
interponer recurso contencioso administrativo en los términos citados anteriormente.

cve: BOE-A-2024-6144
Verificable en https://www.boe.es

Vitoria-Gasteiz, 8 de febrero de 2024,. La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas
Sociales, Nerea Melgosa Vega.