III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-6039)
Resolución de 19 de marzo de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Cepsa Algerie, SL, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
7 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Martes 26 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 35025

El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente a las actividades de interés general contempladas en el presente
convenio.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos, humanos y/o materiales, que
resulten necesarios para el cumplimiento de las actividades culturales y académicas a
que se refiere la cláusula primera y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
La difusión que el Instituto Cervantes realice, de acuerdo con lo establecido en el
presente convenio, de la participación de Cepsa Algerie, SL, en sus actividades, no
constituirá una prestación de servicios, en virtud de la aplicación a este convenio del
artículo 25, apartado 1, párrafo 2.º de la Ley 49/2002, relativo a los convenios de
colaboración empresarial en actividades de interés general. En vista de lo anterior, este
convenio no está sujeto a IVA.
Tercera.

Difusión.

En tanto el presente convenio permanezca en vigor, el Instituto Cervantes se
compromete a difundir por cualquiera de los medios que utilice habitualmente la
participación de Cepsa Algerie, SL, en las actividades objeto de este convenio.
En concreto, el Instituto Cervantes se compromete a insertar la marca, denominación
o logo que le sea proporcionada por Cepsa Algerie, SL, en cuantos materiales,
comunicaciones o páginas web se divulguen, publiquen o editen en relación con las
actividades objeto de la presente colaboración, así como a mencionar la colaboración de
Cepsa Algerie, SL, en todos los actos de difusión de dichas actividades. En este sentido,
el Instituto Cervantes se compromete a no utilizar fuera de los casos previstos en el
presente convenio la marca, denominación o logo de Cepsa Algerie, SL, así como a no
dañar su imagen bajo ningún concepto.
Cepsa Algerie, SL, podrá, asimismo, hacer pública y difundir, por sus propios medios
la aportación a las actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes, para mejor difusión y conocimiento de la
colaboración que es objeto de este convenio, podrán acordar la realización de actos
institucionales, de inauguración o de presentación pública de la actividad de
colaboración. En tales actos, las partes podrán utilizar sus logotipos o signos distintivos
conforme a las condiciones que acuerden.
Compromiso de comportamiento ético y cumplimiento.

El Instituto Cervantes actuará de acuerdo con la normativa interna de obligado
cumplimiento para Cepsa Algerie, SL, en materia de Buen Gobierno ética y conducta de
colaboradores y proveedores, cuyo contenido el Instituto Cervantes declara conocer, en
la medida en que la misma le sea aplicable a esta parte, atendidas las características
particulares de la colaboración entre las partes.
Las partes acuerdan cumplir con todas las leyes, normas, reglamentos, decretos y/u
órdenes gubernamentales oficiales relacionadas con la lucha contra la corrupción y el
lavado de dinero. En este sentido, cada parte garantiza que ni ella ni sus directores,
funcionarios o empleados han autorizado, solicitado o aceptado ningún obsequio, ventaja
indebida, financiera o de otro tipo (o implícito que lo harán o podrán hacerlo), presente o
futuro, directo o indirecto, relacionado de alguna manera con el objeto de este acuerdo.
Las partes acuerdan revelar cualquier conflicto de intereses que puedan surgir de y
durante la ejecución de este convenio, y además acuerdan hacer sus mejores esfuerzos
para evitar que sus directores, funcionarios y empleados se involucren en cualquier
actividad que sería perjudicial para los intereses del objeto de este convenio y de la otra
parte.
El Instituto Cervantes remitirá, a petición de Cepsa Algerie, SL, un certificado en el
que haga constar el importe destinado a cada una de las iniciativas que se relacionan en
la primera cláusula del convenio, desglosando el detalle sobre la aportación económica.

cve: BOE-A-2024-6039
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.