III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-6058)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Helena Solar 15, de 26,97 MWp/22,80 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Toledo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Martes 26 de marzo de 2024

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indicaciones establecidas en el Real Decreto 833/1988, en particular aquellas relativas a
señalización y etiquetados de contenedores. Se dispondrá de un bloque de
contenedores de papel/vidrio, embalajes, contenedor de Residuos Sólidos Urbanos,
contenedor de restos de madera, contenedores de ferralla, almacenamiento de residuos
peligrosos y para zona de limpieza de cubas de hormigón y restos de hormigón, si bien
esta última actividad se evitará en la medida de lo posible. Se dispondrá, además, de
una zona para acopio de tierras y/o materiales de obra, también alejada de los cauces,
en una parcela desprovista de vegetación y con fácil acceso. Esta zona estará
debidamente jalonada y señalizada y se prestará especial atención a las condiciones de
almacenamiento de los materiales, de manera que se minimicen los riesgos de
contaminación de los suelos y las aguas. Al finalizarse las obras, se efectuará la retirada
del material no utilizado, así como de los residuos generados, incluyendo residuos de
construcción (una vez segregados los que puedan calificarse como peligrosos: envases
de químicos usados en obra, por ejemplo), que serán gestionados según las
regulaciones locales, siempre mediante gestor autorizado.
Durante la fase de explotación, se generarán residuos peligrosos (aceites minerales,
trapos impregnados, etc.) del mantenimiento de la planta en cantidades muy reducidas.
Se deberá disponer de un punto limpio (que se ubicará en el edificio de la SET La
Cañada 220/30 kV) para el almacenamiento de estos residuos, en su mayoría
peligrosos. Este punto de almacenamiento deberá proteger el suelo de posibles
contaminaciones por derrames o vertidos mediante un cubeto de recogida. Estos
residuos peligrosos se deberán almacenar por un tiempo inferior a seis meses, siendo
entregados posteriormente a un gestor autorizado. La empresa explotadora del parque y
responsable de los residuos producidos deberá estar inscrita en el Registro de Pequeños
Productores de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha.
Al finalizar la vida útil del módulo de generación fotovoltaica, estimada en 25 años, se
devolverán los terrenos a las condiciones y usos anteriores a la construcción del parque,
o a las que la Administración y la propiedad de los terrenos consideren en ese momento,
minimizando la afección al medio ambiente y recuperando el valor ecológico de la zona
afectada.

Los recursos naturales principales que se prevé utilizar son el suelo, por la ocupación
de terreno de las instalaciones proyectadas y el agua, asociada a las duchas de las
casetas de obra, así como al riego de caminos como medida preventiva para evitar la
generación de polvo y el consumo de agua asociado a las labores de limpieza de los
paneles (limpieza sin aditivos ni detergentes, solo con agua).
La superficie de ocupación por el vallado perimetral de la planta fotovoltaica se
estima en 74,5 ha repartido en tres islas que conformarán la planta, con una longitud de
vallado de 6.820 m. La planta se encuentra sobre terreno de uso agrícola.
Se retirará la tierra vegetal de una superficie estimada en 74 ha, y se separará según
los horizontes del suelo, conservando aquellos que por sus características sean aptos
para las labores de construcción en el propio emplazamiento. No se acopiará esta tierra
vegetal en caballones de una altura superior a 2 m.
Como medida preventiva para evitar la generación de polvo, se regarán los caminos
previamente. Se considera un consumo estimado de 4.138,8 m3 de agua para este fin. En
cuanto al agua potable, para el abastecimiento de agua en las instalaciones temporales de
higiene durante las obras, se considera un consumo estimado de 200 l/día.
6.

Afección al patrimonio cultural

Según la información bibliográfica disponible, el proyecto no afecta a ningún LIG,
encontrándose el más próximo (TM087 «Yacimientos de vertebrados del Mioceno de
Torrijos») a una distancia de más de 4 km al sur de la planta.

cve: BOE-A-2024-6058
Verificable en https://www.boe.es

5. Afección por utilización de recursos naturales