III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Contratación administrativa. (BOE-A-2024-5967)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Jaén, por la que se modifica la de 14 de septiembre de 2020, por la que se modifica la composición de la Mesa de Contratación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección Provincial del Servicio
Público de Empleo Estatal de Jaén, por la que se modifica la de 14 de
septiembre de 2020, por la que se modifica la composición de la Mesa de
Contratación.

El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante
LCSP), establece que los órganos de contratación de las Administraciones Públicas,
salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de
Contratación, están asistidos, en los procedimientos de adjudicación que enumera, por
una Mesa de Contratación, órgano de asistencia técnica especializada. Así mismo, los
artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla
parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, regulan
la composición y las funciones de las Mesas de Contratación y facultan al órgano de
contratación para que designe a sus miembros, bien, con carácter permanente o para
una pluralidad de contratos, bien de manera específica para la adjudicación de cada
contrato.
El artículo 323 LCSP, relativo a los órganos de contratación estatales, establece en
su apartado 2 que en los organismos autónomos integrantes del sector público estatal, el
órgano de contratación es su Director.
La Resolución de 6 de octubre de 2008, del Servicio Público de empleo Estatal,
sobre delegación de competencias en órganos administrativos del Organismo (BOE
núm. 247, del 13 de octubre de 2008), modificada por la Resolución de 4 de noviembre
de 2009 (BOE núm. 283, del 24 de noviembre), atribuye en su apartado
primero.siete.1.1, 1.4, 1.5 y 1.6, competencias delegadas a los Directores Provinciales
del Organismo en materia de Administración General y la facultad para celebrar
contratos de obras, suministros y servicios en los términos y con los límites que la misma
señala. La competencia está delegada también en el Director Provincial del SEPE en
materia de políticas activas de empleo, en relación con las acciones dirigidas a facilitar el
funcionamiento de las acciones formativas del subsistema de formación profesional para
el empleo, para la contratación de empresas para impartición de acciones de formación
profesional para el empleo en los centros propios del Servicio Público de Empleo Estatal,
de acuerdo con lo establecido en el apartado primero siete.3.2m) de la antedicha
Resolución de 6 de octubre de 2008.
Mediante resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal
en Jaén de fecha 19 de julio de 2018 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 13
de agosto de 2018, se determina la composición de la Mesa de Contratación.
Posteriormente, mediante una nueva resolución de 14 de septiembre de 2020, del
organismo anteriormente citado se actualizan los miembros de dicha mesa que fue
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 4 de diciembre de 2020.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas por delegación del Director General
del Servicio Público de Empleo Estatal, dispongo:
Único.
Se modifica el punto Segundo de la Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la
Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Jaén, por la que se

cve: BOE-A-2024-5967
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