II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2024-5906)
Resolución 512/2024, de 27 de febrero, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Sección Sanitario de Medicina Familiar y Comunitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74
Lunes 25 de marzo de 2024
Sec. II.B. Pág. 34424
II.2.5 Actividad docente (máximo, 3 puntos).
– Catedrático de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por año):
1,0000 punto.
– Profesor titular de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,5000 puntos.
– Profesor asociado de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,2500 puntos.
– Tutor acreditado para la docencia de residentes de la especialidad de que se trate
(por año): 0,5000 puntos.
– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.
III. Conocimientos de euskera (máximo, 6 puntos)
cve: BOE-A-2024-5906
Verificable en https://www.boe.es
Se valorará conforme a lo previsto en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de
Normalización del Euskera, el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del
uso del euskera en Osakidetza, y en sus normas de desarrollo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 74
Lunes 25 de marzo de 2024
Sec. II.B. Pág. 34424
II.2.5 Actividad docente (máximo, 3 puntos).
– Catedrático de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por año):
1,0000 punto.
– Profesor titular de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,5000 puntos.
– Profesor asociado de Facultad de Medicina en la especialidad de que se trate (por
año): 0,2500 puntos.
– Tutor acreditado para la docencia de residentes de la especialidad de que se trate
(por año): 0,5000 puntos.
– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.
III. Conocimientos de euskera (máximo, 6 puntos)
cve: BOE-A-2024-5906
Verificable en https://www.boe.es
Se valorará conforme a lo previsto en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de
Normalización del Euskera, el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del
uso del euskera en Osakidetza, y en sus normas de desarrollo.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X