II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-5956)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024
Cuarta.

Sec. II.B. Pág. 34506

Admisión de candidaturas.

Una vez finalizado el período de presentación de solicitudes y revisadas las mismas
por el órgano convocante, se publica la resolución que aprueba la lista provisional de
candidaturas admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión.
También se indicarán las personas que tienen acreditados los conocimientos de
lengua catalana establecidos en la convocatoria y que están exentas de realizar la
prueba de catalán.
Las personas excluidas disponen de diez días hábiles a contar desde el día siguiente
de la publicación de la resolución para aportar, por los medios indicados en la
correspondiente resolución, la documentación que permita subsanar su exclusión.
Finalizado este plazo, una vez evaluadas, en su caso, las subsanaciones por el
órgano convocante, se publica la resolución que aprueba la lista definitiva de
candidaturas admitidas y excluidas.
En los dos casos, las candidaturas admitidas se identificarán con el nombre y los
apellidos, y las excluidas con el número del documento de identificación presentado.
Quinta.

Tribunal.

Las pruebas que se realicen y el baremo de méritos serán valorados por un tribunal
nombrado por el rector, cuyos miembros actúan siempre a título individual. Los miembros
del tribunal deberán estar en posesión de una titulación con un nivel académico igual o
superior al exigido para el puesto de trabajo, o pertenecer a un grupo igual o superior a
este, salvo en casos debidamente justificados.
El tribunal tendrá la siguiente composición:

La composición del tribunal se hará pública con anterioridad a la publicación de la
lista de personas admitidas y excluidas.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de actuar y deberán presentar su
renuncia expresa ante el Rector de la UPC en caso de incurrir en alguna de las causas
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
El tribunal tendrá la facultad de interpretar las presentes bases, resolver las
cuestiones que se planteen en cuanto a su interpretación y tomar los acuerdos
necesarios para el buen funcionamiento del proceso selectivo en todo aquello que no
esté previsto en estas bases.
Asimismo, podrá dotarse de expertos como asesores o asesoras para el desarrollo
del proceso de selección, que podrán incorporarse a las deliberaciones del tribunal,
previas a las votaciones, con voz y sin voto.
El tribunal está facultado para solicitar aclaraciones a las diferentes unidades de
trabajo en las que la persona haya prestado sus servicios y para convocar o requerir
personalmente a la persona candidata a fin de complementar la información de sus
méritos u otros aspectos de la documentación cuando lo considere conveniente.
A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tiene su sede en el
Servicio de Acceso y Provisión (edificio Vèrtex, plaza Eusebi Güell, núm. 6, 08034
Barcelona).

cve: BOE-A-2024-5956
Verificable en https://www.boe.es

– Un presidente o presidenta.
– El responsable o la responsable del Área de Personal o la persona en quien
delegue.
– Un vocal o una vocal que tenga relación con el ámbito de especialidad del puesto
de trabajo objeto de la convocatoria, designado por la gerencia de la Universidad.
– Dos vocales designados por el Comité de Empresa.
– Un miembro del Área de Personal de la Universidad, que actuará como secretario
o secretaria, con voz pero sin voto.