II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Cuerpo Superior de Auditores del Tribunal de Cuentas. (BOE-A-2024-5902)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Auditores del Tribunal de Cuentas, convocado por Resolución de 12 de diciembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

TRIBUNAL DE CUENTAS
5902

Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Presidencia del Tribunal de
Cuentas, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y
excluidas en el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de
acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Auditores del
Tribunal de Cuentas, convocado por Resolución de 12 de diciembre de 2023.

Por Resolución de 10 de febrero de 2024 (BOE número 4, de 16 de febrero de 2024),
de la Presidencia de este Tribunal, se aprobaron las listas provisionales de personas
aspirantes admitidas y excluidas de la participación en las pruebas selectivas para el
ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo
Superior de Auditores del Tribunal de Cuentas, convocadas por Resolución de 12 de
diciembre de 2023 (BOE número 302, de 19 de diciembre), y, asimismo, se hizo pública,
para general conocimiento, en la sede electrónica del Tribunal de Cuentas la relación
completa de personas aspirantes provisionalmente admitidas, concediéndose a las
personas aspirantes excluidas o, en su caso, omitidas un plazo de diez días hábiles para
subsanar el defecto o defectos que motivaron su exclusión u omisión.
Concluido dicho plazo sin que se haya producido ninguna subsanación, y de
conformidad con lo establecido en la base 7.2 de la última resolución mencionada,
Esta Presidencia resuelve:
Primero.
Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas para
la realización de las referidas pruebas, haciendo públicas las citadas relaciones en la
sede electrónica del Tribunal de Cuentas https://sede.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/sedeelectronica/EmpleoPublico/Oposiciones/.

Las personas aspirantes podrán interponer recurso de alzada ante el Pleno del
Tribunal de Cuentas, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el
artículo 21.3.c) de la Ley 2/1982, de 12 de mayo, Orgánica del Tribunal de Cuentas y en
el artículo 3.j) y disposición adicional primera, 1 y 4 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con los artículos 121 y siguientes
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La inclusión de las personas aspirantes en las listas de admitidas a las pruebas
selectivas no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte del Tribunal de
Cuentas de que las mismas reúnen los requisitos exigidos en las bases de la
convocatoria. La acreditación y verificación del cumplimiento de dichos requisitos tendrá
lugar, para las personas aspirantes que superen la fase de oposición, en los términos
previstos en la base específica 11 de la convocatoria o, en su caso, durante el desarrollo
del proceso selectivo, de conformidad con la base específica 7.3 de la misma.
Madrid, 18 de marzo de 2024.–La Presidenta del Tribunal de Cuentas, P. D.
(Resolución de 8 de junio de 2009), el Secretario General del Tribunal de Cuentas,
Carlos Cubillo Rodríguez.

cve: BOE-A-2024-5902
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Segundo.