III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Convenios. (BOE-A-2024-5978)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio con AFI Escuela, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares de Máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

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La oferta de plazas a favor de los estudiantes de Afi Escuela se regirá por lo
establecido en el Reglamento de Prácticas Externas de dicha Escuela.
La CNMV recibirá los candidatos que se inscriban a su oferta a través de la Bolsa de
empleo para que realice sus procesos de selección.
La CNMV seleccionará al estudiante/s que reúna/n las mejores condiciones para el
desarrollo del programa formativo y lo/s adscribirá a la unidad o unidades de la
organización en las que puedan conocer y aplicar los aspectos prácticos de su
formación.
Octava.

Tutorías.

La Escuela nombrará una tutora o tutor académico de entre su profesorado, que
tendrá como función el asesoramiento metodológico y técnico en las áreas de trabajo del
estudiante. Asimismo, en CNMV se designará una persona que ejercerá la tutoría
formativa y que desarrolle las funciones de guía, supervisión y asesoramiento del
estudiante mientras realice las prácticas en dicha entidad. La persona que realice la
tutoría formativa realizará y remitirá a la persona que ejerza la tutoría académica el
informe final según el modelo facilitado por Afi Escuela.
Quienes realicen las tutorías académicas y formativas obtendrán de Afi Escuela el
reconocimiento de su actividad de conformidad con la normativa interna de aplicación.
Las personas que realicen las tutorías formativas y académicas tendrán los
siguientes derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, en los términos previstos en el
presente convenio y en el Reglamento de Prácticas de Afi Escuela.
b) A ser informadas acerca de la normativa que regula las prácticas externas así
como del Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.

a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la Práctica con
una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con la persona que ejerza la tutoría académica de Afi Escuela el
desarrollo de las actividades establecidas en el presente convenio, incluyendo aquellas
modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para el normal desarrollo
de la práctica, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que
pudieran surgir en el desarrollo de la misma y el control de permisos para la realización
de exámenes.
e) Emitir los informes que correspondan.
f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica.
h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del estudiante.
i) Facilitar al tutor académico de la escuela el acceso a la entidad para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para
la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el
desempeño de las actividades que realiza en la misma.

cve: BOE-A-2024-5978
Verificable en https://www.boe.es

Quienes ejerzan la tutoría formativa deberán cumplir las obligaciones siguientes: