III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5968)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial, SA.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
53 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34623

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
5968

Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial, SA.

Visto el texto del convenio colectivo de la empresa Unidad Editorial, SA (código de
convenio: 90007592011992), que fue suscrito con fecha 19 de diciembre de 2023, de
una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la
misma, y de otra por la organización sindical CC. OO., en representación de los
trabajadores afectados, y finalmente subsanado mediante Acta de fecha de 21 de
febrero de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28
de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de
trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González
García.
CONVENIO COLECTIVO UNIDAD EDITORIAL, SA
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación
Artículo 1. Determinación de las partes.

Artículo 2.

Ámbito territorial.

Las normas contenidas en el presente convenio colectivo serán de aplicación en
todos los centros de trabajo dentro del territorio nacional, constituidos o que puedan
constituirse en el futuro, durante el tiempo de su vigencia.

cve: BOE-A-2024-5968
Verificable en https://www.boe.es

El convenio colectivo es el resultado del acuerdo alcanzado entre la empresa y la
representación sindical de CC. OO., de conformidad con lo establecido en el título III del
Estatuto de los Trabajadores y con la eficacia que le confiere el artículo 37 de la
Constitución Española.