III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-5878)
Resolución de 20 de marzo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre delegación de competencias.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Sábado 23 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34284

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
Resolución de 20 de marzo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios
Sociales, sobre delegación de competencias.

El Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 66.1.c) establece la
competencia del Instituto de Mayores y Servicios Sociales para la gestión de los
servicios complementarios de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, entre
las que se encuentran la ayuda domiciliaria básica y la teleasistencia domiciliaria básica.
El Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se regula la estructura
orgánica y funciones del Imserso, le atribuye, en el artículo 1.2.b), la mencionada gestión.
La Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla,
establece, en el artículo 21.18.ª, la competencia de la Ciudad de Melilla en materia de
asistencia social. Asimismo regula en el artículo 25 que la Ciudad de Melilla ejercerá
todas las competencias que la legislación estatal atribuye a los Ayuntamientos.
La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la
Administración Local, dispuso la modificación del artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en materia de servicios sociales,
limitándose el alcance de los mismos según el apartado 2. e) de dicho artículo, a la
evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a
personas en situación o riesgo de exclusión.
De conformidad con el artículo 27 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, el Estado podrá delegar en los Municipios el ejercicio de sus
competencias, a fin de mejorar la eficiencia de la gestión pública, contribuir a eliminar
duplicidades administrativas, mejorar la transparencia de los servicios públicos y el
servicio a la ciudadanía y, en general, contribuir a los procesos de racionalización
administrativa, generando un ahorro neto de recursos. En particular prevé, entre otras, la
delegación de competencias del Estado en materia de prestación de servicios sociales.
Con fecha 9 de octubre de 2018 se firmó la Resolución del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales, de delegación de la competencia sobre la gestión de la ayuda a
domicilio básica y teleasistencia domiciliaria básica, a la Ciudad de Melilla, por un
periodo de cinco años.
En la actualidad subsisten los mismos motivos que dieron lugar a la misma.
La presente delegación de competencias responde también a la voluntad conjunta
del Imserso y de la Ciudad de Melilla de seguir instrumentado a través de una ventanilla
única, gestionada por la Ciudad, todos los trámites que la ciudadanía deba realizar en
materia de servicios sociales cuya competencia sea de titularidad de alguna de las dos
administraciones. En este sentido, es un paso más en esta dirección, existiendo la
voluntad de continuar en el futuro con la ampliación de la presente delegación de
competencias a otras materias que pudieran ser susceptibles de ello.
Por cuanto antecede, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
y con la previa aceptación de la Delegación de las presentes competencias por acuerdo
de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 13 de marzo de 2024 resuelve:
Primero.
Delegar los servicios de ayuda a domicilio básica, y de teleasistencia domiciliaria
básica a la Ciudad de Melilla.

cve: BOE-A-2024-5878
Verificable en https://www.boe.es

5878