III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2024-5823)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se convoca el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo correspondiente a 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Viernes 22 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
5823

Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General del Libro, del
Cómic y de la Lectura, por la que se convoca el Premio Nacional de Literatura
en la modalidad de Ensayo correspondiente a 2024.

La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995 en la redacción
dada por la Orden CUD/580/2022, de 22 de junio, que la modifica, establece, en su
apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente
por el Ministerio de Cultura, en distintas actividades culturales, entre los que se
encuentra el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de
los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha
pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
De otra, dentro de la Administración General del Estado, corresponde al Ministerio de
Cultura, la promoción, protección y difusión del libro, la lectura y la creación literaria,
según establece el artículo 15.1 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el
que se reestructuran los departamentos ministeriales. A su vez, la Dirección General del
Libro, del Cómic y de la Lectura, tiene atribuidas, entre otras, las funciones, relativas al
estudio y propuestas de actuaciones en relación con la industria editorial y del libro en
general y para la promoción y ayuda a la creación literaria, en particular, mediante
convocatoria y concesión de becas, premios y cualquier otro tipo de estímulos, de
conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, por lo que, y
al amparo de lo previsto en el apartado primero, en relación con los apartados noveno y
undécimo de la Orden de 22 de junio de 1995,
Esta Dirección General resuelve:
Convocar el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo,
correspondiente al año 2024, de conformidad con lo siguiente:

El Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo distinguirá una obra
escrita en este género literario por un autor o autora española, escrita en cualquiera de
las lenguas oficiales españolas, publicada en España en su primera edición, entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2023, que haya cumplido los requisitos legales
establecidos para su difusión. Se considerará como fecha de publicación la que
aparezca en el área de mención de edición. En caso de no indicarse la fecha en el área
de mención de edición, se tendrá en cuenta la que figure en el número de Depósito
Legal, en el copyright o en otras fuentes del propio libro que acrediten de forma lógica el
año efectivo de su publicación.
El jurado del Premio Nacional de Literatura, en la modalidad de Ensayo, valorará
especialmente aquellas obras que, más allá de la erudición, investigación o recopilación
de carácter fundamentalmente científico o de especialización académica en disciplinas
concretas, destaquen por su creatividad, preocupación por el lenguaje, originalidad de
tratamiento y expresión literaria, características históricas que han convertido al ensayo
en género literario.

cve: BOE-A-2024-5823
Verificable en https://www.boe.es

Primero. Objeto y finalidad del premio.