I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Andalucía. Rutas aéreas. (BOE-A-2024-5723)
Orden TRM/267/2024, de 14 de marzo, por la que se recuperan las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2009, por el que se declaran obligaciones de servicio público en la ruta Almería-Sevilla, y se dejan sin efecto las modificaciones temporales establecidas por la Orden TMA/297/2021, de 29 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Viernes 22 de marzo de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
Orden TRM/267/2024, de 14 de marzo, por la que se recuperan las
obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 13 de marzo de 2009, por el que se declaran obligaciones de
servicio público en la ruta Almería-Sevilla, y se dejan sin efecto las
modificaciones temporales establecidas por la Orden TMA/297/2021, de 29
de marzo.

El Acuerdo de Consejo de Ministros, de 13 de marzo 2009, por el que se declaran
obligaciones de servicio público en la ruta aérea Almería-Sevilla, modificado por la Orden
FOM/2457/2013 (en adelante, declaración OSP), establecía en su anexo las condiciones
para asegurar que el transporte aéreo en esta ruta sea prestado en condiciones de
continuidad, frecuencia, capacidad y calidad del servicio que cubran razonablemente la
demanda existente y la necesidad de conectividad de la región.
La emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, declarada pandemia
internacional por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 2020, obligó a
los Estados a adoptar diversas medidas tendentes a proteger la salud y seguridad de los
ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud
pública.
Estas medidas tuvieron como consecuencia una caída drástica del número de
viajeros y las compañías aéreas, en respuesta a esta disminución de la demanda, se
vieron forzadas a reducir también el número de rutas y operaciones.
En el caso particular de la ruta Almería-Sevilla, y en el contexto de recuperación de la
demanda durante el periodo de operación de la ruta bajo condiciones OSP, al no
alcanzarse los niveles previos a la crisis sanitaria, las condiciones mínimas de operación
fijadas en la declaración OSP se evidenciaron excesivas, razón por la cual se dictó la
Orden TMA/675/2020, de 20 de julio, por la que se modificaron temporalmente las
obligaciones de servicio público establecidas en la declaración OSP.
Posteriormente, el rápido cambio en la demanda de transporte aéreo debido a la
evolución de la pandemia de la COVID-19 provocó una nueva modificación en las
condiciones establecidas para esta ruta para adaptarla a la demanda, quedando estas
modificaciones reflejadas en la Orden TMA/297/2021.
La Orden TMA/297/2021, publicada en BOE el 30 de marzo de 2021 y en vigor
desde el día siguiente, preveía, en su apartado cuarto, la posibilidad de revertir los
cambios introducidos en esta orden o a fijar nuevas condiciones de operación conforme
a lo establecido en el artículo 95 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo de 2011, de Economía
Sostenible, y, en su caso, en la disposición adicional primera de la Ley 9/2013, de 4 de
julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los
Transportes Terrestres y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, atendiendo a
la evolución de la demanda, al interés público y a las propuestas que realice la Comisión
de Seguimiento.
De este modo, y de acuerdo con la evolución de la demanda, y a las necesidades de
movilidad previstas, una vez alcanzado el escenario de recuperación de la normalidad
post pandemia, procede revertir las modificaciones establecidas de forma temporal por la
Orden TMA/297/2021, de 29 de marzo, recuperando para la ruta Almería-Sevilla bajo
obligaciones de servicio público los parámetros operativos anteriores a la pandemia.

cve: BOE-A-2024-5723
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