I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. (BOE-A-2024-5722)
Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 239, "Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de "Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal", el modelo 235 de "Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables" y el modelo 236 de "Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal".
<< 11 << Página 11
Página 12 Pág. 12
-
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Viernes 22 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 33537

Información del mecanismo.
1. Nombre o denominación común del mecanismo.
2. Descripción del mecanismo.
3. Fecha en que se ha realizado o se va a realizar la primera fase de la ejecución
del mecanismo transfronterizo.
4. Fecha de nacimiento de la obligación de la información.
5. Circunstancia que determina el nacimiento de la obligación.
a) El mecanismo se ha puesto a disposición para su ejecución;
b) el mecanismo es ejecutable;
c) se ha realizado la primera fase de ejecución del mecanismo;
d) se ha facilitado la ayuda, asistencia o asesoramiento relacionado con el
mecanismo.
e) Se ha recibido comunicación de intermediario, del que el declarante es cliente,
indicando que está eximido de presentar declaración porque la cesión de información
vulnera el régimen jurídico del deber de secreto profesional.

cve: BOE-A-2024-5722
Verificable en https://www.boe.es

6. Disposiciones nacionales y extranjeras que constituyen la base del mecanismo.
7. Valor del efecto fiscal derivado del mecanismo de acuerdo con el apartado 1.f)
del artículo 46 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27
de julio.
8. Detalle de la estructura y características del mecanismo que incluirá los datos
con transcendencia tributaria, en particular, cualquier información que pueda ayudar a la
Administración tributaria a evaluar el riesgo fiscal.
9. Estados miembros afectados por el mecanismo.
10. Concurrencia del criterio del beneficio principal.
11. Relación de cada una de las categorías de señas distintivas de acuerdo con el
apartado 1.b) del artículo 46 del Reglamento General aprobado por el Real
Decreto 1065/2007, de 27 de julio.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X