V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-10262)
Extracto de la Resolución del 12 de marzo de 2024 de la Subsecretaría del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se convocan los premios por jubilación al personal del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que se haya jubilado en el año 2023.
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Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72
Viernes 22 de marzo de 2024
Sec. V-B. Pág. 15183
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
10262
Extracto de la Resolución del 12 de marzo de 2024 de la Subsecretaría
de l Ministe rio de Transporte s y Movilidad Soste nible por la que se
convocan los pre mios por jubilación al pe rsonal de l Ministe rio de
Transporte s y Movilidad Soste nible y de l Ministe rio de Vivie nda y
Age nda Urbana que se haya jubilado e n e l año 2023.
BDNS(Identif.):750357
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
750357)
Primero. Objeto:
Convocar los premios por jubilación al personal de los Departamentos referidos
que se hayan jubilado durante el año 2023.
Segundo. Normativa aplicable:
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y por la
Orden FOM/298/2008, de 31 de enero, por la que se establecen las bases de
concesión de los premios por jubilación del personal del Departamento, modificada
por Orden FOM/1851/2014, de 30 de septiembre.
Tercero. Beneficiarios y beneficiarias:
Podrán ser solicitantes y beneficiarios/beneficiarias de este premio las
personas que, prestando sus servicios en el Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible y en el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que se hayan jubilado
en el año 2023 y reúnan las condiciones señaladas en el apartado tercero y las
relativas a la compatibilidad e incompatibilidad referidas en el apartado séptimo,
ambos de la Orden FOM/298/2008, de 31 de enero, por la que se establecen las
bases de concesión de los premios por jubilación del personal del Departamento,
modificada por Orden FOM/1851/2014, de 30 de septiembre.
Los/as trabajadores/as que se encuentren en situación de incapacidad
temporal revisable, deberán presentar justificación de situación de jubilación o de
percepción de prestación de jubilación de Clases Pasivas o Seguridad Social.
La presenta subvención será incompatible con la percepción de otras
subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes
de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados nacionales,
comunitarios o internaciones, y, en particular, con los premios que con la misma
finalidad pudiera conceder el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
cve: BOE-B-2024-10262
Verificable en https://www.boe.es
No genera derecho a este premio la jubilación anticipada parcial. En estos
supuestos, se tendrá derecho al premio por jubilación una vez se produzca la
jubilación completa.
Núm. 72
Viernes 22 de marzo de 2024
Sec. V-B. Pág. 15183
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10262
Extracto de la Resolución del 12 de marzo de 2024 de la Subsecretaría
de l Ministe rio de Transporte s y Movilidad Soste nible por la que se
convocan los pre mios por jubilación al pe rsonal de l Ministe rio de
Transporte s y Movilidad Soste nible y de l Ministe rio de Vivie nda y
Age nda Urbana que se haya jubilado e n e l año 2023.
BDNS(Identif.):750357
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
750357)
Primero. Objeto:
Convocar los premios por jubilación al personal de los Departamentos referidos
que se hayan jubilado durante el año 2023.
Segundo. Normativa aplicable:
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y por la
Orden FOM/298/2008, de 31 de enero, por la que se establecen las bases de
concesión de los premios por jubilación del personal del Departamento, modificada
por Orden FOM/1851/2014, de 30 de septiembre.
Tercero. Beneficiarios y beneficiarias:
Podrán ser solicitantes y beneficiarios/beneficiarias de este premio las
personas que, prestando sus servicios en el Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible y en el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que se hayan jubilado
en el año 2023 y reúnan las condiciones señaladas en el apartado tercero y las
relativas a la compatibilidad e incompatibilidad referidas en el apartado séptimo,
ambos de la Orden FOM/298/2008, de 31 de enero, por la que se establecen las
bases de concesión de los premios por jubilación del personal del Departamento,
modificada por Orden FOM/1851/2014, de 30 de septiembre.
Los/as trabajadores/as que se encuentren en situación de incapacidad
temporal revisable, deberán presentar justificación de situación de jubilación o de
percepción de prestación de jubilación de Clases Pasivas o Seguridad Social.
La presenta subvención será incompatible con la percepción de otras
subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes
de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados nacionales,
comunitarios o internaciones, y, en particular, con los premios que con la misma
finalidad pudiera conceder el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
cve: BOE-B-2024-10262
Verificable en https://www.boe.es
No genera derecho a este premio la jubilación anticipada parcial. En estos
supuestos, se tendrá derecho al premio por jubilación una vez se produzca la
jubilación completa.