II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Personal laboral. (BOE-A-2024-5632)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, en régimen de contratación laboral, de plaza de Médico/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 33060

Quienes formen parte de la comisión de selección deberán firmar una declaración en
la que manifiesten que no concurre ninguna de las causas de abstención previstas en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las personas
aspirantes podrán recusar a los miembros de la comisión de selección en los términos
previstos en la citada norma.
La comisión de selección podrá recabar, a través de la Dirección de Recursos
Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado, el apoyo del personal
auxiliar y colaborador que determine.
Corresponden a la comisión de selección las funciones relativas a la determinación
concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de las personas aspirantes, así
como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas en orden al correcto
desarrollo del proceso selectivo.
La comisión de selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, al menos,
de cuatro de sus integrantes. Las decisiones relativas a la tramitación del procedimiento
se adoptarán por mayoría de votos de los integrantes presentes, resolviendo en caso de
empate el voto de calidad de quien ostente la presidencia de la comisión de selección.
La comisión de selección se regirá en sus actuaciones por las presentes bases y, de
forma supletoria, será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, se regirá por los principios
de publicidad, transparencia e imparcialidad y, de acuerdo con los artículos 14 y 23.2 de
la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento de los principios de
igualdad, mérito y capacidad que rigen el acceso al empleo público y en particular del
principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en
el I Plan de Igualdad de las Cortes Generales, aprobado por las Mesas del Congreso de
los Diputados y del Senado en reunión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2020.
La comisión de selección queda facultada para resolver todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como para la resolución de aquellas
cuestiones no previstas en las mismas.
La representación del personal laboral podrá participar en calidad de observadora en
el proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1 del Convenio
Colectivo del personal laboral del Senado.
Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes para tomar parte en este proceso de selección se presentarán dentro
del plazo de quince días hábiles contados desde las 10:00 horas del día siguiente al de
la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Boletín Oficial de las Cortes Generales».
La solicitud deberá presentarse por vía electrónica a través de la página web del
Senado (www.senado.es).
La presentación por esta vía permitirá cumplimentar en línea el modelo oficial de
solicitud, anexar documentos y realizar el registro electrónico de la solicitud. En caso de
que se produzca alguna incidencia técnica en la presentación electrónica de la solicitud,
se estará a lo que se establece en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la solicitud se consignarán el nombre y dos apellidos, número de documento
nacional de identidad (debiendo este estar en vigor y aportarse copia del anverso y
reverso del mismo), domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, dirección de correo
electrónico, título exigido en la presente convocatoria con su denominación oficial
completa y organismo que lo expidió y la firma de la persona aspirante.
Las víctimas de violencia de género que participen en la convocatoria pueden
solicitar la seudonimización de sus datos, indicando dicha circunstancia en el campo
«Observaciones» del formulario online.

cve: BOE-A-2024-5632
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.