II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Personal laboral. (BOE-A-2024-5634)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, en régimen de contratación laboral, de plaza de Arquitecto/a Técnico/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024
Undécima.

Sec. II.B. Pág. 33088

Propuesta de la comisión de selección.

Finalizado el proceso selectivo, la comisión de selección comunicará a la Dirección
de Recursos Humanos y Gobierno Interior el nombre de la persona que lo haya
superado.
La Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior elevará a la Mesa de la
Cámara propuesta de contratación de la persona que haya superado el proceso
selectivo, acompañada de la relación de aspirantes que hayan aprobado todos los
ejercicios.
El acuerdo de la Mesa de aprobación de dicha propuesta de contratación se
publicará en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección Senado.
Duodécima.

Presentación de documentos.

Con carácter previo a la formalización del contrato, y en el plazo de quince días hábiles,
a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga público el nombre del/de la aspirante
propuesto/a para su contratación, este/a deberá presentar en la Dirección de Recursos
Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado la documentación que
justifique la capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria y, en
particular, el documento original del título por el que haya sido admitido/a a participar en el
proceso selectivo.
Si la persona propuesta renunciase o no presentase la citada documentación dentro
del plazo fijado, o si del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los
requisitos exigidos en la base segunda, no podrá ser contratada y quedarán anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido
por falsedad en su solicitud de participación. En estos casos, la propuesta de
contratación se podrá completar con quien hubiera obtenido la siguiente mejor
puntuación entre quienes hubieran aprobado la totalidad de los ejercicios.
Si el/la aspirante propuesto/a alegase grado de discapacidad deberá presentar, junto
con la mencionada documentación, certificación de los órganos competentes del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 o, en su caso, de la comunidad
autónoma correspondiente, que acredite tanto su grado de discapacidad como su
capacidad funcional para desempeñar las tareas propias de Arquitecto/a Técnico/a, si no
lo hubiera aportado anteriormente.
Decimotercera. Formalización del contrato y periodo de prueba.

Decimocuarta.

Recursos.

La presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente ante la Mesa del
Senado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75.1.b) del Estatuto del Personal de
las Cortes Generales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», o bien ser recurrida ante la
Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses contado a partir del día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales».

cve: BOE-A-2024-5634
Verificable en https://www.boe.es

Una vez presentada la documentación requerida por quien hubiera superado el
proceso selectivo, se procederá a la formalización del contrato dentro del plazo de diez
días hábiles a que se refiere la base cuarta de la presente convocatoria.
Si una vez formalizado el contrato el/la aspirante propuesto/a no superase el periodo
de prueba o renunciara a la plaza durante el mismo, se podrá completar la propuesta de
contratación con el/la aspirante con mejor puntuación de quienes hubieran aprobado la
totalidad de los ejercicios.
El contrato adquirirá carácter indefinido una vez superado el período de prueba de
seis meses previsto en el artículo 14.1 del Estatuto de los Trabajadores y en el
artículo 7.4 del Convenio Colectivo del personal laboral del Senado.