III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-5709)
Resolución de 18 de marzo de 2024, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con Gilead Sciences, Sociedad Limitada Unipersonal, para la realización del proyecto "Characterizing hepatitis delta virus in Spain from 2012 to 2022 by means of new developed techniques".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 33408

Farmaindustria y, en la medida en que resulten de aplicación, el ISCIII se compromete
frente a Gilead a cumplir con las obligaciones de farmacovigilancia que se detallan en el
anexo I de este Convenio.
4.5 El presente Convenio no impone ninguna obligación, explícita o implícita, de
adquirir, prescribir o apoyar de algún otro modo los productos de Gilead.
4.6 El ISCIII se compromete expresamente frente a Gilead a cumplir con las
obligaciones derivadas de la política de anticorrupción que se adjunta como anexo II a
este Convenio.
4.7 Las dudas y controversias que pudieran suscitarse con motivo de la
interpretación y aplicación del presente convenio y que no puedan ser resueltas de forma
amistosa por las partes a través de la Comisión Mixta regulada en la cláusula décima,
serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional ContenciosoAdministrativo.
Quinto.

Derechos de propiedad intelectual e industrial.

Ninguna disposición de este Convenio deberá interpretarse como una cesión o
transferencia de ningún derecho de propiedad intelectual o industrial perteneciente a las
Partes que no sea transferido expresamente en este Convenio. En consecuencia, las
Partes se comprometen a respetar sus respectivos derechos de propiedad sobre esos
derechos de propiedad intelectual o industrial en todo momento.
Datos de carácter personal y confidencialidad.

6.1 De conformidad con lo que se establece en la normativa vigente en materia de
protección de datos de carácter personal, y especialmente en el Reglamento (UE)
2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos («RGPD») y la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales («LOPD-gdd»), las Partes informan a los firmantes que actúan
en nombre y representación de cada una de las Partes en el presente Convenio (los
«Representantes»), de que los datos personales que faciliten en virtud del mismo o
aquellos que pudieran proporcionar con posterioridad serán responsabilidad de la otra
Parte, la cual los tratará sobre la base del interés legítimo de dicha Parte en el
mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el
presente Convenio. Las Partes tratarán los datos personales del Representante de la
otra durante el plazo que dure el presente Convenio, pudiendo conservarlos
posteriormente bloqueados durante los plazos de prescripción de las acciones legales
relacionadas con ese tratamiento. Gilead tratará los datos conforme a lo establecido en
su política de privacidad, disponible en el siguiente link: https://www.gilead.es/
declaracion-de-privacidad.
6.2 A los efectos oportunos, las Partes informan a los Representantes de que sus
datos no serán cedidos a ningún tercero salvo obligación legal y que solamente tendrán
acceso a estos datos los prestadores de servicios de las Partes de los sectores de
sistemas y tecnología y de gestión administrativa.
6.3 En caso de que los Representantes deseen ejercitar sus derechos de acceso,
rectificación, cancelación, limitación del tratamiento y, en aquellos supuestos que sea
posible, oposición, podrán hacerlo mediante un escrito dirigido a las direcciones
indicadas en las comparecencias del Convenio o a las siguientes direcciones,
adjuntando una copia de un documento acreditativo de su identidad:
– Gilead: protecciondatos.spain@gilead.com.
– Datos DPO de la Entidad: dpd@isciii.es.
Además, también podrán dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos
para reclamar sus derechos.

cve: BOE-A-2024-5709
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.