III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5682)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 33211

Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda y, a tal fin,
EXPONEN
I. Con fecha 28 de septiembre de 2020 (BOE de 7 de octubre de 2020) se suscribió
el Convenio entre la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) y la Intervención General de la
Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas.
II. La cláusula décima del citado establece que el mismo tendrán un plazo de
vigencia de 4 años y que, en cualquier momento antes de la finalización del plazo
previsto anteriormente, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un
periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Por su parte, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime
de las partes.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente
competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
Primera.

Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es la prórroga de su plazo de vigencia por un
período de 4 años y la modificación de la cláusula sexta del Convenio.
Segunda.

Prórroga del convenio.

Prorrogar por cuatro años el Convenio entre la Universidad Rey Juan Carlos y la
Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas
académicas externas, suscrito el 28 de septiembre de 2020 (BOE de 07 de octubre
de 2020).
Tercera. Modificación de la cláusula sexta «Obligaciones y compromisos de ambas
partes» del Convenio entre la URJC y la Intervención General de la Administración
del Estado para la realización de prácticas académicas externas.

«La Universidad Rey Juan Carlos y la Intervención General de la
Administración del Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos
que los que este documento refleja. En particular, no derivará para las partes
firmantes obligación alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la
relación que se establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional
quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de
marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas,
la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones, se acuerda las prácticas
formativas serán no remuneradas, dando prioridad a las curriculares,
correspondiendo a la Universidad el cumplimiento de las obligaciones de
Seguridad Social.»

cve: BOE-A-2024-5682
Verificable en https://www.boe.es

La cláusula sexta queda redactada del siguiente modo: