III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-5588)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje en el puerto de Ferrol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 32776

6. Certificación del sistema de gestión de la calidad y del medioambiente (para la
calidad la ISO 9001, y para el medio ambiente la ISO 14001 o acreditaciones EMAS o en
su lugar certificación ISPO) o, en su defecto, compromiso de aportar dicha certificación
en el plazo establecido en estas prescripciones.
7. Antes del inicio de la actividad, el prestador deberá presentar a la Autoridad
Portuaria los siguientes planes:
– Plan de medidas de Emergencia de la empresa de acuerdo con lo previsto en el
PPP y el inventario de medios, su localización, su permanencia, los horarios y demás
requisitos para su integración en los planes de actuación en situaciones de emergencia
de la Autoridad Portuaria.
– Protocolo o, en su caso, Plan de Contingencia para posibles vertidos, tanto propios
como para intervención a solicitud de la administración competente, que será incluido o
integrado dentro del Plan Interior Marítimo de la Autoridad Portuaria.
– Plan de prevención de riesgos laborales.
– Plan de entrega de desechos, aceptado por los prestadores del servicio portuario
de recepción de desechos que corresponda según el tipo de desechos, en los casos en
que proceda.
8. Documentación acreditativa de la solvencia técnica y profesional del solicitante,
de acuerdo con lo establecido en la Prescripción 10.ª
9. Memoria económico-financiera de la actividad a desarrollar.
10. Declaración responsable del prestador sobre el conocimiento suficiente y la
debida fluidez de la lengua castellana, gallega e inglesa de todo el personal del servicio.
D.

De otro carácter.

1. Comunicaciones informativas relativas a la Ley Orgánica de Protección de Datos
hechas a cada una de las personas físicas cuyos datos sean cedidos a la Autoridad
Portuaria y firmadas individualmente por cada uno de los afectados.
2. Declaración expresa de conocer y aceptar todas las condiciones de este PPP.
3. Declaración responsable de participar en cualquier iniciativa que la Autoridad
Portuaria promueva para la mejora de la calidad de los servicios portuarios en general.
4. Declaración responsable de notificar a la Autoridad Portuaria cualquier
modificación o circunstancia que afecte o pueda afectar al contenido de la
documentación relacionada en los párrafos anteriores y se produzca con posterioridad a
la solicitud y/o al otorgamiento de la licencia.
5. Plazo por el que se solicita la licencia, sin superar en ningún caso lo establecido
en la Prescripción 5.ª
ANEXO III

.................................... se compromete con la Autoridad Portuaria de Ferrol-San
Cibrao (en adelante Autoridad Portuaria) a satisfacer las siguientes exigencias referidas
tanto a las actividades y servicios a desarrollar, como a los trabajadores, equipos y
maquinaria, sustancias y preparados que ................................ destine a la realización de
los mismos:
a. Cumplir con las disposiciones generales de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,
de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y cuantas normas legales y reglamentarias
en esta materia le sean de aplicación.
b. Haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el artículo 10 del
capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/97), en lo
relativo a la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas
necesarias para el desarrollo de su actividad.

cve: BOE-A-2024-5588
Verificable en https://www.boe.es

Prevención de riesgos laborales