III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-5595)
Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Hibridación Torozos A, de 35,2 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico Torozos A, de 41,8 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación", en la provincia de Valladolid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 32892

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección
ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Hibridación
Torozos A, de 35,2 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico
Torozos A, de 41,8 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación», en el
términos municipal de Castromonte, en la provincia de Valladolid, continúe con la
correspondiente tramitación del procedimiento de autorización, al no apreciarse efectos
adversos significativos en el medio ambiente que requieran su sometimiento a
procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se cumplan las medidas previstas
en el estudio de impacto ambiental, las aceptadas durante la información pública y las
recogidas en esta resolución.
El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la
página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a
promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto Ley 6/22.
De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación
de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso,
procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

cve: BOE-A-2024-5595
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 6 de marzo de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X