III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-5604)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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objetivos que se establecerán considerando las competencias genéricas y/o específicas
que ha de desarrollar el estudiante.
Los estudiantes desarrollarán las prácticas sujetas al régimen y horario que se
determine en el anexo al convenio, bajo la supervisión del tutor profesional designado
por Red.es, quien realizará las funciones establecidas en la normativa vigente y los
controles periódicos de la formación recibida.
Red.es observará las normas de seguridad e higiene en el trabajo durante el
desarrollo de las prácticas y comunicará a la Universidad, en este sentido, las
incidencias que considere oportunas. El período de realización de las prácticas podrá ser
suspendido por enfermedad o por cualquier otra causa grave, siempre que sea
suficientemente acreditada por el estudiante. En dichos supuestos, la entidad lo pondrá
en conocimiento de la Universidad, a los efectos de adoptar las medidas pertinentes.
La firma del compromiso de prácticas externas implica la aceptación del contenido
del Reglamento de Prácticas Externas de la Universidad.
Tercera.

Obligaciones de la Universidad.

– Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas.
– Nombrar un tutor académico responsable de las prácticas, que coordine junto con
el tutor profesional de Red.es el desarrollo de las prácticas.
– Emitir un documento acreditativo al finalizar el período de prácticas de los
estudiantes.
– Reconocer la labor realizada por los tutores de Red.es, de acuerdo con la
normativa de prácticas académicas externa de la Universidad.
– Asegurar que los estudiantes en prácticas al amparo del presente convenio se
encuentran cubiertos por las correspondientes pólizas de seguro de accidentes y de
responsabilidad civil para la realización de dichas prácticas, ya sea a través del seguro
escolar y/o suplementos correspondientes al mismo, bien a través de los seguros
suscritos y pagados por el propio estudiante o por la propia universidad.
Cuarta.

Obligaciones de Red.es.

Quinta.

Seguros.

El estudiante, bien a través del seguro escolar y/o suplemento correspondiente al
mismo, bien a través de los seguros suscritos y pagados por el propio estudiante o por la
Universidad a tal efecto, deberá estar cubierto para la contingencia de accidentes, así
como tener cobertura por responsabilidad civil para la realización de las prácticas.

cve: BOE-A-2024-5604
Verificable en https://www.boe.es

– Presentar a la Universidad, cuando así lo estime conveniente y sin que ello
suponga obligación contractual, las ofertas de prácticas que se consideren oportunas,
especificando el número de puestos que se ofrecen, duración de las mismas, requisitos
de formación exigidos, características de la práctica a realizar y el importe de la ayuda al
estudio que recibirá cada uno de los estudiantes participantes.
– Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar las tareas
formativas encomendadas.
– Nombrar un tutor profesional responsable de las prácticas que, junto con el tutor
académico de la Universidad, realizará el seguimiento de las prácticas.
– Emitir y remitir al tutor académico el informe final, y su caso los informes de
seguimiento intermedios, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración
y, en su caso, su rendimiento.
– Informar, formar y hacer cumplir y respetar al estudiante en prácticas las medidas
sobre seguridad e higiene establecidas en la Entidad.