III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-5599)
Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Nueva Era Solar M&D IV, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica "Cabra 0", de 226,44 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra (Córdoba).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de marzo de 2024

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– Nueva ubicación para la subestación seccionadora Nudo Cabra 400 kV, situándola
a una distancia inferior a 500 metros del punto de conexión, establecido en la
subestación Cabra 400 kV de REE.
– Modificación de la distribución de la subestación seccionadora Nudo Cabra 400 kV,
para facilitar la acometida de las líneas que se conectan a esta y alojar los equipos
necesarios para la medida principal del nudo.
– Modificación del tramo final de la línea aérea 400 kV de evacuación, desde el
apoyo n.º 54 hasta la subestación Cabra 400 kV, de REE.
– Eliminación del centro de medida que se ubicaba anexo a la subestación
Cabra 400 kV, de REE.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Cabra Promotores 30/400 kV.
– Subestación Cabra Promotores 30/400 kV ubicada en el municipio de Montemayor,
en la provincia de Córdoba.
– Línea aérea 400 kV, que conectará la subestación Cabra Promotores 30/400 kV
con la subestación seccionadora Nudo Cabra 400 kV y la subestación Cabra 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica España, SAU, afectando a los términos municipales de
Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra, en la provincia de Córdoba.
– Subestación seccionadora Nudo Cabra 400 kV ubicada en el municipio de Cabra,
en la provincia de Córdoba.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fechas 9 de abril de 2021, 18 de mayo de 2023 y 26 de
julio de 2023, declaraciones responsables que acreditan el cumplimiento de la normativa
que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor ha acreditado
su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto. A tal fin,
la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el correspondiente informe
teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 27 de abril de 2023.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.

cve: BOE-A-2024-5599
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Núm. 70