III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-5599)
Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Nueva Era Solar M&D IV, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica "Cabra 0", de 226,44 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra (Córdoba).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de marzo de 2024

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Nueva Era Solar M&D IV, SL (en adelante, el promotor), solicita, con fecha 25 de julio
de 2023, autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas
anteriormente, y autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente
proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, para la instalación fotovoltaica «Cabra 0», de 226,44 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales
de Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra, en la provincia de Córdoba.
El expediente ha sido incoado en la dependencia del Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Córdoba y se ha tramitado de conformidad con lo
previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte
que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones, de las que no se desprende oposición, de
la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; de la Secretaría General Técnica de
la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa,
Junta de Andalucía; del Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial en Córdoba
de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Junta de Andalucía;
de la Oficina de Ordenación del Territorio, Delegación Territorial en Córdoba de
la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Junta de Andalucía;
del Ayuntamiento de Espejo y de Enagás Transporte, SAU. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Delegación Territorial en Córdoba de la
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, Junta de Andalucía; de Red Eléctrica de
España, SAU; de Nedgia Andalucía, SA, y del Servicio de Planificación de Obras y
Servicios Municipales de la Diputación Provincial de Córdoba, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Preguntados los Ayuntamientos de Montemayor, de Castro del Río y de Cabra;
la Secretaría General de Energía de la Consejería de Industria, Energía y Minas de
Andalucía; la Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Industria,
Energía y Minas, Junta de Andalucía; la Delegación Territorial en Córdoba de Industria,
Energía y Minas; Endesa, SA; Repsol, SA; Telefónica de España, SA, y la Delegación
Territorial en Córdoba de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul, Junta de Andalucía, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2
y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 2 de agosto de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 11 de agosto
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba». No se recibieron alegaciones.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Córdoba ha emitido informe en fecha 16 de octubre de 2023.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación, y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) fueron sometidos al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaración de impacto
ambiental favorable, mediante resolución de 16 de diciembre de 2022 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones

cve: BOE-A-2024-5599
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Núm. 70