II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE CULTURA. Nombramientos. (BOE-A-2024-5528)
Real Decreto 311/2024, de 19 de marzo, por el que se dispone el nombramiento de vocales de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE CULTURA
Real Decreto 311/2024, de 19 de marzo, por el que se dispone el
nombramiento de vocales de la Sección Primera de la Comisión de
Propiedad Intelectual.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 193 del texto refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, la
Comisión de Propiedad Intelectual es un órgano colegiado de ámbito nacional, adscrito
al Ministerio de Cultura, que actúa por medio de dos secciones, correspondiéndole a la
Sección Primera las funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas y control.
De conformidad con el mismo artículo, la Sección Primera estará compuesta por
cinco vocales titulares, que podrán delegar sus funciones en sus respectivos suplentes,
todos ellos elegidos entre expertos de reconocida competencia en materia de propiedad
intelectual y en materia de defensa de la competencia, y que serán nombrados por el
Gobierno, mediante real decreto, a propuesta de los titulares de los Ministerios de
Cultura y Deporte, que designará dos vocales; del Ministerio de Economía y Empresa,
que designará dos vocales, uno del ámbito Avance Digital y otro del ámbito Economía y
Apoyo a la Empresa; y del Ministerio de Justicia, que designará un vocal, por un periodo
de cinco años renovable por una sola vez.
A su vez, de acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 1023/2015, de 13 de
noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y
ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, los
vocales de la Sección Primera sólo cesarán antes de la expiración del periodo de cinco
años referido, a petición propia o por separación acordada por el Gobierno, previa
instrucción de expediente, por incumplimiento grave de sus obligaciones, incapacidad
sobrevenida para el ejercicio de su función, incompatibilidad o condena por delito doloso.
En virtud de estas previsiones, por Real Decreto 111/2019, de 1 de marzo, por el que
se dispone el cese y nombramiento de vocales de la Sección Primera de la Comisión de
Propiedad Intelectual, se dispuso el nombramiento, a propuesta del Ministerio de
Economía y Empresa, de don Juan Enrique Gradolph Cadierno como vocal titular de la
Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, por un período de cinco años
renovable por una sola vez.
Asimismo, por Real Decreto 136/2019, de 8 de marzo, por el que se dispone el cese
y nombramiento de vocales de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad
Intelectual, se dispuso el nombramiento, a propuesta del Ministerio de Cultura y Deporte,
de doña María del Pilar Cámara Águila como segunda vocal suplente de la Sección
Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, por un período de cinco años renovable
por una sola vez.
A la vista de la expiración del plazo de cinco años y teniendo en cuenta la posibilidad,
en ambos casos, de renovar los nombramientos por cinco años más, atendiendo a las
propuestas realizadas por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y por el
Ministerio de Cultura, se procede a nombrar a don Juan Enrique Gradolph Cadierno
como vocal titular, y a doña María del Pilar Cámara Águila como segunda vocal suplente,
de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, por un período de otros
cinco años, sin posibilidad de renovación.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura, de acuerdo con el Ministro de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el Ministro de Economía, Comercio y

cve: BOE-A-2024-5528
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