II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Bajas. (BOE-A-2024-5525)
Orden EFD/257/2024, de 14 de marzo, por la que, en aceptación de renuncia, se declara la pérdida de la condición de funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros de doña Ester Güell Colls.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
5525

Orden EFD/257/2024, de 14 de marzo, por la que, en aceptación de renuncia,
se declara la pérdida de la condición de funcionaria de carrera del Cuerpo de
Maestros de doña Ester Güell Colls.

El Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña, por Resolución de 15
de febrero de 2024 de la Dirección General de Profesorado y Personal de Centros
Públicos, acepta la renuncia a la condición de funcionaria de carrera del Cuerpo de
Maestros, presentada por doña Ester Güell Colls, con Número de Registro de
Personal **** 463768 A0597.
Considerando que el artículo 63 a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, dispone que la renuncia a la condición de funcionario, es una de las
causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la
Comunidad Autónoma de Cataluña,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.
Declarar la pérdida de la condición de funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros,
de doña Ester Güell Colls, con Número de Registro de Personal ****463768 A0597 y
Documento Nacional de Identidad ****4637, causando baja en el citado Cuerpo desde el
día 7 de enero de 2024.
Segundo.

Madrid, 14 de marzo de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación,
Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá
interponerse
recurso
contencioso-administrativo
ante
la
Sala
de
lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.