II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2024-5536)
Decreto de 11 de marzo de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado Especialista Autonómico de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cataluña a don Carlos Urbano Garzón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. II.A. Pág. 32500

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los delegados
de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal
de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y,
seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la
Inspección Fiscal.
Tercero.
El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del
Ministerio Fiscal, regula en su artículo 62.2 el nombramiento de los Fiscales Delegados
Especialistas:
«2. Los Fiscales Delegados Especialistas, tanto autonómicos como provinciales,
serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona
titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo
informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
El Fiscal Jefe convocará la plaza de Delegado Especialista entre los Fiscales de la
plantilla. Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados,
el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener
experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas autonómicos, la
plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de la comunidad
autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.»
Cuarto.

1. Nombrar al Ilmo. Sr. don Carlos Urbano Garzón como Fiscal Delegado
Especialista Autonómico de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la
Comunidad Autónoma de Cataluña.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, al Fiscal de Sala Coordinador de
Seguridad y Salud en el Trabajo, al Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de
Cataluña, a la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Barcelona, que trasladará copia del
presente decreto al fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales
de la plantilla.
3. Notificar el presente decreto al Ministerio de Justicia (Dirección General para el
Servicio Público de Justicia).
4. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe
interponer recurso potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado
(C/ Fortuny, 4, Madrid 28010) en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a
su publicación, en los términos establecidos en el artículo 123 y concordantes de
aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

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Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Superior de la Comunidad
Autónoma de Cataluña está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de
aquella, acuerdo: