III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Juzgados de Primera Instancia. (BOE-A-2024-5565)
Acuerdo de 14 de marzo de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ibiza, de nueva creación, los asuntos relativos al derecho de familia, a las medidas de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica e internamientos, pero con carácter exclusivo y no excluyente.
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Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
5565

Acuerdo de 14 de marzo de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se atribuye en virtud de lo previsto en
el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de Primera
Instancia número 6 de Ibiza, de nueva creación, los asuntos relativos al
derecho de familia, a las medidas de apoyo a las personas con discapacidad
en el ejercicio de su capacidad jurídica e internamientos, pero con carácter
exclusivo y no excluyente.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder General, en su reunión del
día 14 de marzo de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.
Atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, al Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ibiza, de nueva creación, los
asuntos relativos al derecho de familia, a las medidas de apoyo a las personas con
discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica e internamientos, pero con carácter
exclusivo y no excluyente, con una exención del 79 % en el reparto de las materias del
orden civil no especializadas, porcentaje que debería ser objeto de valoración y, en su
caso, revisión en el plazo de dos años.
Segundo.
Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo de
especialización y que estuviesen turnados a otros juzgados de primera instancia
continuarán siendo conocidos por estos hasta su conclusión por resolución definitiva, sin
verse afectados por el presente acuerdo.
Tercero.
Este acuerdo de especialización entrará en vigor con la puesta en funcionamiento del
juzgado de primera instancia n.º 6 de Ibiza.

cve: BOE-A-2024-5565
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de marzo de 2024.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
P.S., el Vocal Vicente Guilarte Gutiérrez.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X