II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2024-5409)
Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Martes 19 de marzo de 2024
Novena.

Sec. II.B. Pág. 31798

Publicidad de la valoración de méritos.

Finalizada la sesión de la Comisión de Valoración, los y las participantes en este
concurso podrán comprobar sus puntuaciones obtenidas a través del Portal
Funciona/Mis Servicios de RRHH (SIGP)/Concurso Méritos/Mis solicitudes de concursos
Méritos:
https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html.
https://sede.funciona.gob.es/public/servicios.
Se establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el
día siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.

1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría del Interior en
un plazo máximo de 6 meses, desde el día siguiente al de la finalización de la
presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que
concurran las circunstancias expuestas en la base tercera punto 2, en cuyo caso podrá
procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente
por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
de cese de los y las participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su
subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y las funcionarias que se encuentren en licencia
por enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de posesión en el nuevo destino
sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio
debidamente motivadas, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a
la que haya sido destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado Función Pública podrá aplazar
la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el
párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento que lo solicita
emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el Subsecretario del
Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o la funcionaria podrá
conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica
cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada por razones justificadas.

cve: BOE-A-2024-5409
Verificable en https://www.boe.es

Décima. Resolución del concurso.