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Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares del concurso público para la explotación de un edificio para reparación de embarcaciones en el espigón exterior del puerto de Palma (ref. EM.: 438.1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Lunes 18 de marzo de 2024

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

9637

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares del concurso público
para la explotación de un edificio para reparación de embarcaciones en
el espigón exterior del puerto de Palma (ref. EM.: 438.1).

Con fecha de 21 de febrero de 2024, el Consejo de Administración de la
Autoridad Portuaria de Baleares acordó lo siguiente en relación al concurso público
para la explotación de un edificio para reparación de embarcaciones en el espigón
exterior del puerto de Palma:
"Primero.- No elegir la solución más ventajosa en el concurso público
convocado para el otorgamiento de la concesión para la "explotación, en régimen
de concesión administrativa, de un edificio, situado en el espigón exterior del
puerto de Palma" (EM-438.1)".
Segundo.- Desistir del concurso público convocado para el otorgamiento de la
concesión para la "explotación, en régimen de concesión administrativa, de un
edificio, situado en el espigón exterior del puerto de Palma" (EM-438.1).
Tercero.- Notificar esta resolución a los interesados y publicarla en el BOE".
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha
dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El
plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer
recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición.
De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer
directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el
artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante la
Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal".
Palma, 29 de febrero de 2024.- El Presidente, D. José Javier Sanz Fernández,
La Secretaria, Dña. María Antonia Ginard Moll.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X