II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado. (BOE-A-2024-5299)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado, convocado por Resolución de 28 de diciembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Lunes 18 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
5299

Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
modifica la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo para el
ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros
de Minas del Estado, convocado por Resolución de 28 de diciembre de 2023.

Por Resolución de 28 de diciembre de 2023 (BOE del 30) se convocaron pruebas
selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de
Ingenieros de Minas del Estado.
Por renuncia de uno de sus miembros, se procede a la modificación del citado
Tribunal en los términos siguientes:
Baja:
Tribunal titular:
Vocal: Diego Vázquez Teijeira. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.
Alta:
Tribunal titular:
Vocal: Augusto García Arenas. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Subsecretario del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.

cve: BOE-A-2024-5299
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de marzo de 2024.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, Miguel González Suela.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X