III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-5373)
Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Quintanar de la Orden, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de marzo de 2024

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Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Quintanar de la Orden ni para
el del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Quintanar de la Orden:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Quintanar
de la Orden de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor.
La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Quintanar de la Orden
ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto del
Ayuntamiento de Quintanar de la Orden en la aplicación presupuestaria 420090002.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en el
acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en
concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la
recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en
base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes. Este cargo será como mínimo de 48 euros y un máximo
de 150.000 euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de
Quintanar de la Orden en la aplicación presupuestaria 326 121.
Si durante un periodo no se formalizara ningún ingreso en concepto de matriculación,
el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Quintanar de la Orden, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor del Ayuntamiento de Quintanar de la Orden que implicará una cantidad
mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad
máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Ayuntamiento de Quintanar de la Orden.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la
atención en tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor del
Ayuntamiento de Quintanar de la Orden que implicará una cantidad mínima
de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima
de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Ayuntamiento de Quintanar de la Orden.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información de Ayuntamiento de Quintanar de la Orden necesaria para elaborar
la memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la económica.
Por parte del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a través de
la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, 5 informes económicos anuales al Ayuntamiento de
Quintanar de la Orden indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo, para
que dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional, remitir un informe anual de personas atendidas,
de personas inscritas en los procedimientos de acreditación de competencias

cve: BOE-A-2024-5373
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Núm. 68