III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-5265)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad San Pablo CEU de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Sábado 16 de marzo de 2024

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tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento; capacidad
que mutuamente se reconocen, y a tal efecto,
EXPONEN
I. La Universidad está interesada en establecer un Programa con Red.es para la
realización de prácticas académicas externas de los estudiantes matriculados en la
misma, incluyéndose la realización de Trabajos Fin de Grado, Trabajos Fin de Máster,
Proyectos Fin de Carrera o Tesis Doctorales (en adelante TFG, TFM, PFC, TD).
II. Red.es, con NIF Q-2891006-E, adscrita al Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado para la Avance Digital,
tiene como función impulsar el fomento y desarrollo de la sociedad de la información en
España.
Las funciones de Red.es le han sido legalmente atribuidas en virtud de la norma
prevista en la disposición adicional decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones.
III. Red.es está interesada en participar con la Universidad en el desarrollo de las
anteriormente mencionadas acciones formativas que resulten de interés para ambas
Partes.
IV. En virtud de lo anterior, las entidades firmantes han decidido suscribir el
presente convenio, al amparo del Real Decreto 592/2014 de 11 de julio y de las normas
particulares internas de la Universidad, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la participación de Red.es en la formación
práctica de los estudiantes en sus propias oficinas o centros de trabajo. En particular, las
Partes han acordado participar en el desarrollo de prácticas académicas externas
(curriculares o extracurriculares) y de TFG, TFM, PFC y TD, según se establezca en los
proyectos formativos individuales, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Las condiciones particulares de cada una de las estancias amparadas por el
presente convenio se establecen en el anexo I, que constituyen junto al proyecto
formativo concreto a desarrollar en cada caso, los anexos al convenio. Se respetarán, en
todo caso, las normas vigentes establecidas por la Universidad y reguladoras de los
TFG, TFM, PFC y TD.
Condiciones generales de las prácticas.

Conforme a lo antedicho, podrán realizar estas estancias de prácticas, al amparo de
este convenio, los estudiantes que cumplan los requisitos establecidos por la legislación
vigente y la normativa de la Universidad.
Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de
estudios correspondiente y las prácticas externas extracurriculares tendrán una duración
no superior al cincuenta por ciento del curso académico correspondiente.
Anualmente (y sin perjuicio de la firma de un nuevo anexo al convenio) la fecha
máxima de realización de las prácticas será la del último día del mes de finalización del
curso académico, el cual se entenderá comprendido, en términos generales, del 1 de
septiembre al 31 de agosto del año siguiente.
El presente convenio se concretará en un proyecto formativo por estudiante, que
constará como documento anexo, y será firmado por la persona designada por el centro
académico responsable de la titulación implicada, el estudiante y la persona designada
por Red.es.

cve: BOE-A-2024-5265
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.