II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE CULTURA. Ceses y nombramientos. (BOE-A-2024-5226)
Resolución de 11 de marzo de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales en la Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Sábado 16 de marzo de 2024
Sec. II.A. Pág. 31120
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE CULTURA
5226
Resolución de 11 de marzo de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales, por la que se dispone el cese y nombramiento de
vocales en la Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas.
La Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en su artículo 8 establece que antes de
proceder a la comercialización, difusión o publicidad de una película cinematográfica u obra
audiovisual por cualquier medio o en cualquier soporte, en territorio español, ésta deberá
ser calificada por grupos de edades del público al que está destinada, mediante resolución
del Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales previo
informe de la Comisión de Calificación o por los órganos competentes de aquellas
Comunidades Autónomas que ostenten competencias en la materia.
El Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre (modificado por el Real
Decreto 1090/2020, de 9 de diciembre), por el que se desarrolla la mencionada ley, regula
en su artículo 32 la composición y funciones de la Comisión de Calificación de películas
cinematográficas como órgano asesor, dependiente del Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales, encargado de emitir informes sobre la calificación por grupos de
edad de las películas destinadas a su exhibición en salas cinematográficas y de las demás
obras audiovisuales de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.
En consecuencia, con el fin de dar cumplimiento a las citadas disposiciones y
proceder a la renovación de la Comisión de Calificación, esta Dirección General, en uso
de las competencias atribuidas por el artículo 32 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de
diciembre, ha resuelto:
Primero.
Cesar, por expiración de su mandato, con efectos desde el 15 de marzo de 2024, al
siguiente vocal miembro de la Comisión de Calificación de películas cinematográficas:
Don Gabriel Pico Blanco.
Segundo.
Nombrar como componente de la Comisión de Calificación de películas
cinematográficas, con efectos desde el día 16 de marzo de 2024, al siguiente vocal
perteneciente a los ámbitos señalados en el artículo 32.2.c) del Real Decreto 1084/2015,
de 4 de diciembre:
Tercero.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 34.3 del citado real decreto, ningún vocal
podrá permanecer en el cargo por un periodo superior a dos años consecutivos.
Madrid, 11 de marzo de 2024.–El Director General del Instituto de la Cinematografía
y de las Artes Audiovisuales, Ignacio Camós Victoria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-5226
Verificable en https://www.boe.es
Don Carlos Grau Arquer.
Núm. 67
Sábado 16 de marzo de 2024
Sec. II.A. Pág. 31120
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE CULTURA
5226
Resolución de 11 de marzo de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales, por la que se dispone el cese y nombramiento de
vocales en la Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas.
La Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en su artículo 8 establece que antes de
proceder a la comercialización, difusión o publicidad de una película cinematográfica u obra
audiovisual por cualquier medio o en cualquier soporte, en territorio español, ésta deberá
ser calificada por grupos de edades del público al que está destinada, mediante resolución
del Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales previo
informe de la Comisión de Calificación o por los órganos competentes de aquellas
Comunidades Autónomas que ostenten competencias en la materia.
El Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre (modificado por el Real
Decreto 1090/2020, de 9 de diciembre), por el que se desarrolla la mencionada ley, regula
en su artículo 32 la composición y funciones de la Comisión de Calificación de películas
cinematográficas como órgano asesor, dependiente del Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales, encargado de emitir informes sobre la calificación por grupos de
edad de las películas destinadas a su exhibición en salas cinematográficas y de las demás
obras audiovisuales de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.
En consecuencia, con el fin de dar cumplimiento a las citadas disposiciones y
proceder a la renovación de la Comisión de Calificación, esta Dirección General, en uso
de las competencias atribuidas por el artículo 32 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de
diciembre, ha resuelto:
Primero.
Cesar, por expiración de su mandato, con efectos desde el 15 de marzo de 2024, al
siguiente vocal miembro de la Comisión de Calificación de películas cinematográficas:
Don Gabriel Pico Blanco.
Segundo.
Nombrar como componente de la Comisión de Calificación de películas
cinematográficas, con efectos desde el día 16 de marzo de 2024, al siguiente vocal
perteneciente a los ámbitos señalados en el artículo 32.2.c) del Real Decreto 1084/2015,
de 4 de diciembre:
Tercero.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 34.3 del citado real decreto, ningún vocal
podrá permanecer en el cargo por un periodo superior a dos años consecutivos.
Madrid, 11 de marzo de 2024.–El Director General del Instituto de la Cinematografía
y de las Artes Audiovisuales, Ignacio Camós Victoria.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-5226
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