I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-5220)
Enmiendas de 2022 al Código internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 1994 (Código NGV 1994), adoptadas en Londres el 28 de abril de 2022 mediante Resolución MSC.498(105).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Sábado 16 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 31079

ANEXO
Enmiendas al Código internacional de seguridad para naves de gran velocidad,
1994 (Código NGV 1994)
CAPÍTULO 8
Dispositivos y medios de salvamento
1. Se sustituyen los párrafos 8.2.1, 8.2.1.1 y 8.2.1.2 por el texto siguiente: «8.2.1
[Reservado]».
CAPÍTULO 14
Radiocomunicaciones
2.

Se sustituye el texto del capítulo 14 por el siguiente:
«Las naves deberían ir provistas de los equipos de radiocomunicaciones
especificados en el capítulo 14 del Código NGV 2000 (resolución MSC.97(73)),
enmendada por las resoluciones pertinentes, incluida la resolución MSC.499(105), que
estén instalados y funcionen de conformidad con lo dispuesto en dicho capítulo».
ANEXO 1
Modelo de certificado de seguridad para naves de gran velocidad

Inventario del equipo adjunto al Certificado de seguridad para naves de gran velocidad
3. El actual modelo de Certificado de seguridad para naves de gran velocidad,
incluido el correspondiente inventario del equipo adjunto al Certificado de seguridad
para naves de gran velocidad, que figuran en el anexo 1, se sustituye por el
siguiente:
«MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURIDAD PARA NAVES DE GRAN
VELOCIDAD CERTIFICADO DE SEGURIDAD PARA NAVES DE GRAN VELOCIDAD
El presente Certificado llevará como suplemento un Inventario del equipo
(Sello oficial)

(Estado)

Expedido en virtud de lo dispuesto en el
CÓDIGO INTERNACIONAL DE SEGURIDAD PARA NAVES DE GRAN VELOCIDAD
(Resolución MSC.36(63))

.............................................................................................................................
(nombre oficial completo del Estado)
por ........................................................................................................................
(título oficial completo de la persona u organización competente autorizada por
la Administración)

cve: BOE-A-2024-5220
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con la autoridad conferida por el Gobierno de