V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2024-9050)
Resolución de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Lleida, por la que se otorga a la empresa Edistribución Redes Digitales, S.L.U., la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública para la nueva línea aérea de 25 kV para realizar la unión de las líneas "Bellpuig.1" y "Segre.2" entre las derivaciones a los CT W1119 y W5096, en los términos municipales de Castellnou de Seana y Bellpuig (exp. FUE-2022-02732409).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 13457

Tipo de soportes: Metálico.
N.º soportes: 1.
Nivel de aislamiento: 70/170 kV.
Tipo aislamiento: Polimérico.
d) Obra civil necesaria por la instalación de los nuevos aparatos.
Términos municipales afectados: Castellnou de Seana y Bellpuig, en las
comarcas del Pla d’Urgell y l’Urgell (Lleida).
Presupuesto: 85.520,02 €.
Finalidad: Mejora de la calidad en el suministro eléctrico de la zona.
Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes
mencionada, como también el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de
22 de julio, sobre Régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y
está sometida a las condiciones especiales siguientes:
1. Las instalaciones se tienen que llevar a cabo de acuerdo con el proyecto
técnico administrativo presentado, firmado por el ingeniero industrial don Antoni
Samper Golorons, colegiado n.º 20910, del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos
Industriales de Tarragona, y visado electrónicamente el 30 de diciembre de 2021,
con el n.º FE049507, que ha servido de base para la tramitación del expediente,
con las variaciones que, si conviene, se soliciten y se autoricen.
2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a
lo que establece el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban
el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en
instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-RAT 01 a 23; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero,
por el que se aprueba el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus ITC's complementarias; la Ley
18/2008, de 23 de diciembre de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 9/
2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las
instalaciones y los productos, y el resto de disposiciones de aplicación general.

4. El órgano competente territorialmente en materia de energía puede llevar a
cabo, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas
que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones
generales y especiales de esta Resolución.
5. Con esta finalidad, el peticionario de la instalación comunicará al órgano
administrativo mencionado el comienzo de las obras, las incidencias dignas de
mención mientras duren, así como su finalización. La comunicación de final de
obra se acompañará con el correspondiente certificado de dirección y finalización
de la instalación que acredite que se ajusta al proyecto técnico administrativo

cve: BOE-B-2024-9050
Verificable en https://www.boe.es

3. El plazo para la puesta en servicio de la instalación autorizada será de dos
años a contar des de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial
de la Generalitat de Catalunya.