II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-5113)
Resolución 400/38076/2024, de 11 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se modifica la Resolución 400/38492/2023, de 15 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a, Fisioterapeuta, y Matrona en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 30670

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE DEFENSA
5113

Resolución 400/38076/2024, de 11 de marzo, de la Subsecretaría, por la que
se modifica la Resolución 400/38492/2023, de 15 de diciembre, por la que se
convoca proceso selectivo de ingreso, por el sistema general de acceso libre,
para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la
categoría de Enfermero/a, Fisioterapeuta, y Matrona en la Red Hospitalaria
de la Defensa.

Habiéndose producido la renuncia y abstención de una persona miembro del tribunal
de la categoría de Matrona de esta convocatoria, debe procederse a la siguiente
modificación:
Tribunal calificador para la categoría de Matrona:
Habiendo presentado renuncia y causa de abstención doña Silvia Torres Armendáriz
como Vocal suplente, se sustituye y nombra en su lugar a don Carlos Domínguez García,
Enfermero.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su publicación ante esta Subsecretaría o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su
Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del
recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2024-5113
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 11 de marzo de 2024.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos
Tejada.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X