II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-5123)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo, por el sistema de libre designación, en las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

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septiembre de 2012), por la que se crea y regula el registro electrónico del Ministerio
de Industria, Comercio y Turismo.
La renuncia parcial a la solicitud de participación en la convocatoria se permitirá
hasta la fecha en la que se celebre la reunión de la Comisión Asesora de Destinos en
el Exterior. De la fecha de la reunión se dará publicidad con, al menos, una semana de
antelación en la web www.tourspain.es.
Tercera.
Además de los datos personales y el número de registro de personal, los aspirantes
deberán acompañar a la solicitud recogida en el anexo II a que se refiere la cláusula
anterior, su curriculum vitae, en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, haciendo
constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando en la
actualidad.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estime el aspirante
oportuno poner de manifiesto, debidamente acreditados.
Los interesados deberán aportar una certificación expedida por la unidad de personal
del Ministerio donde estén destinados. En caso de estar en situación administrativa
distinta de la de servicio activo dicha certificación será expedida por el Ministerio de
adscripción del cuerpo al que pertenezcan. En ella deberá constar la relación de puestos
desempeñados desde su ingreso en la Administración General del Estado (con las
fechas de toma de posesión y cese en cada uno de los mismos y los años de servicio
prestados, todo ello referido a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»).
Cuarta.
La resolución de la presente convocatoria se realizará a propuesta no vinculante de
la Comisión Asesora de Destinos en el Exterior entre los funcionarios solicitantes que
reúnan los requisitos que se establecen en la base primera. Para la elaboración de esta
propuesta, que se elevará a la Secretaria de Estado de Turismo, se tendrán en cuenta
los criterios y requisitos previstos en el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio.
La resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», deberá
dictarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización de la presentación
de instancias.
Quinta.

a) Servicios prestados y naturaleza y nivel de los puestos o cargos desempeñados.
b) Formación y experiencia acreditada en las materias objeto de la competencia de
la Secretaría de Estado de Turismo.
c) Idoneidad, preparación técnica y profesional para el adecuado desempeño del
puesto en relación con las características específicas de cada destino en el exterior.
d) Nivel de conocimiento del idioma exigido en la relación de puestos de trabajo y
de otros idiomas que sean relevantes para el desempeño del puesto de trabajo. A estos
efectos, se considerará acreditado el conocimiento del idioma exigido en la relación de
puestos de trabajo por la superación de las correspondientes pruebas de idiomas,
siempre que estas sean de carácter obligatorio, exigidas en el proceso selectivo para el
ingreso al cuerpo o escala al que pertenezca el candidato.

cve: BOE-A-2024-5123
Verificable en https://www.boe.es

Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 810/2006, de 30 de junio,
para los puestos convocados, la Comisión Asesora de Destinos tendrá en cuenta para
elaborar su propuesta los siguientes méritos: