III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Arrendamientos urbanos. (BOE-A-2024-5213)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se determina el sistema de índices de precios de referencia a los efectos de lo establecido en el artículo 17.7 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
5213

Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Vivienda
y Agenda Urbana, por la que se determina el sistema de índices de precios
de referencia a los efectos de lo establecido en el artículo 17.7 de la Ley
29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

La disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de
medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, establece la creación del sistema
estatal de índices de referencia del precio del alquiler de vivienda, señalando que la
resolución por la que se determine el sistema de índices de referencia se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado» en el marco de un procedimiento sujeto a los principios de
transparencia y publicidad, y contra la que podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo.
A su vez, el primer apartado de la disposición transitoria séptima de la Ley 29/1994,
de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, introducida por la disposición final
primera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, dispone que la
regulación establecida en el artículo 17.7 se aplicará a los contratos que se formalicen
desde la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, y una vez se encuentre
aprobado el referido sistema de índices de precios de referencia, de acuerdo con lo
previsto en la disposición adicional primera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, y lo
establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de
marzo.
Asimismo, en el apartado 2 de la disposición transitoria séptima de la Ley 29/1994,
de 24 de noviembre, se establece que la resolución del Departamento ministerial
competente en materia de vivienda que apruebe el referido sistema de índices de precios
de referencia se realizará por ámbitos territoriales, considerando las bases de datos,
sistemas y metodologías desarrolladas por las distintas comunidades autónomas y
asegurando en todo caso la coordinación técnica.
En aplicación de lo dispuesto en estas normas, y tras el sometimiento de la
Resolución a la previa participación pública llevada a cabo a través del portal de Internet
del Departamento, procede la aprobación del sistema estatal de índices de precios de
referencia.
En su virtud, esta Secretaría de Estado resuelve aprobar el sistema estatal de
índices de precios de referencia, a los efectos de lo establecido en el artículo 17.7 de la
Ley 29/1994, de 24 de noviembre. Por ello, resuelvo:
Primero.

Segundo.
La fijación del límite máximo de la renta de los nuevos contratos de arrendamiento de
vivienda en los supuestos recogidos en el referido artículo 17.7 de la Ley 29/1994, de 24
de noviembre, se realizará de acuerdo con la aplicación en línea a la que se accede a
través del portal de Internet del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, tomando el
valor superior del rango de valores individualizados que resultan de la localización y las
diferentes características de la vivienda objeto de arrendamiento.

cve: BOE-A-2024-5213
Verificable en https://www.boe.es

Aprobar el sistema estatal de índices de precios de referencia aplicable a los efectos
de lo establecido en el artículo 17.7 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de
Arrendamientos Urbanos, en su redacción dada por la disposición final primera de la
Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.