II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Destinos. (BOE-A-2024-5067)
Orden PJC/240/2024, de 28 de febrero, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden JUS/1229/2023, de 6 de noviembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5067

Orden PJC/240/2024, de 28 de febrero, por la que se resuelve la
convocatoria de libre designación, efectuada por Orden JUS/1229/2023, de 6
de noviembre.

De conformidad con lo establecido en el artículo 466 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial y en los artículos 17, 122 y 123 del Reglamento Orgánico del
Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de
diciembre, habiéndose recibido las propuestas de la Secretaria de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla y León y constando el informe del Consejo del
Secretariado,
Este Ministerio acuerda:
Primero.
Resolver la provisión por el sistema de libre designación y para el Cuerpo de
Letradas y Letrados de la Administración de Justicia, los puestos de trabajo de
Secretarias Coordinadoras y Secretarios Coordinadores Provinciales de, Ávila y Zamora,
convocado por Orden JUS/1229/2023, de 6 de noviembre (BOE de 15 de noviembre de
2023), adjudicando los puestos convocados a las letradas y letrados de la Administración
de Justicia que en el anexo se relacionan.
Segundo.
Declarar desierto el puesto de trabajo de Secretario/a Coordinador/a Provincial de
Ciudad Real.

Las letradas y letrados de la Administración de Justicia que hayan sido reelegidos
para el puesto tomarán posesión, conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 17
del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, en el plazo de tres días
hábiles a partir de la publicación de la presente orden.
Las letradas y letrados de la Administración de Justicia restantes nombradas/os
deberán cesar en sus actuales destinos dentro de los tres días hábiles siguientes a la
referida publicación y tomarán posesión de su cargo, como Secretarias Coordinadoras y
Secretarios Coordinadores Provinciales, ante la Secretaría de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia respectivo, en el plazo de tres días hábiles a partir del cese si no
implica cambio de localidad y ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de
la misma Comunidad Autónoma.
Como dispone el apartado 2 del artículo 117 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de
Secretarios Judiciales, el cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los
permisos y licencias, incluida la de vacaciones que, en su caso, hayan sido concedidas a
las personas interesadas.

cve: BOE-A-2024-5067
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Tercero.