II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Bajas. (BOE-A-2024-5076)
Orden EFD/244/2024, de 11 de marzo, por la que, en aceptación de la renuncia, se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Nicolas Juge.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
5076

Orden EFD/244/2024, de 11 de marzo, por la que, en aceptación de la
renuncia, se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Nicolas Juge.

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, por Resolución de 25 de enero de 2024 de la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, acepta la renuncia a la condición de
funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, presentada
por don Nicolas Juge, con número de registro personal **** 344735NA0590.
Considerando que el artículo 63.a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, dispone que la renuncia a la condición de funcionario, es una de las
causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.
Vista la propuesta de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.
Declarar la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de
Profesores de Enseñanza Secundaria, de don Nicolas Juge, con número de registro
personal **** 344735NA0590 y número de identidad de extranjero *****9574, causando
baja en el citado cuerpo desde el día 8 de enero de 2024.
Segundo.

Madrid, 11 de marzo de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario, Santiago Antonio
Roura Gómez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o
bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.