III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5042)
Resolución 420/38071/2024, de 8 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Universidad de Alcalá, para la realización de prácticas y/o trabajos de fin de grado, máster o doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 30185

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 21 de octubre de 2020 se suscribió el convenio entre el Instituto
Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» y la Universidad de Alcalá para la
realización de prácticas y/o trabajos de fin de grado, máster o doctorado por parte de
estudiantes de la Universidad de Alcalá en el citado Instituto, publicado mediante
Resolución 420/38330/2020, de 28 de octubre, de la Secretaría General Técnica del
Ministerio de Defensa, en el «Boletín Oficial del Estado» número 296 de 10 de
noviembre de 2020.
Segundo.
Que con fecha 17 de marzo de 2023, se ha publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Dicho real decreto-ley consta de un artículo único que modifica el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, y en cuyo apartado treinta y cuatro se añade una nueva disposición
adicional quincuagésima segunda sobre la inclusión en el sistema de la Seguridad Social
de los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas
incluidas en programas de formación.
Tercero.
Que el apartado 4.b) de dicha disposición adicional quincuagésima segunda
establece que, en el caso de las prácticas formativas no renumeradas, el cumplimiento
de las obligaciones de la Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución,
entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de
cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales
obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación,
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS

La cláusula cuarta «financiación», del convenio entre el Instituto Nacional de Técnica
Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) y la Universidad de Alcalá, para la realización
de prácticas y/o trabajos de fin de grado, máster o doctorado por parte de estudiantes de
la Universidad de Alcalá, suscrito el 21 de octubre de 2020, queda redactado en los
siguientes términos:
«En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b) de la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad

cve: BOE-A-2024-5042
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Primera. Modificación del Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial
«Esteban Terradas» y la Universidad de Alcalá, para la realización de prácticas y/o
trabajos de fin de grado, máster o doctorado por parte de estudiantes de la
Universidad de Alcalá.