II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2024-4990)
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aspirantes que han aprobado en las fases de oposición y concurso del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocado por Resolución de 23 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

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no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Tercero.
Por resolución de la Subsecretaría, se procederá al nombramiento como funcionarios
en prácticas de los aspirantes que hayan superado las fases de oposición, en el caso de
los aspirantes por el sistema general de acceso libre, y de oposición y concurso, en el
caso de los aspirantes por promoción interna. En dicha resolución se determinará la
fecha en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o período de prácticas
determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período de prácticas perderán el
derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la
autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período de
prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar
correspondiente a la puntuación obtenida.
Cuarto.
La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse
previa oferta de los mismos y una vez finalizado el período de prácticas. A tal efecto, y
de acuerdo con lo dispuesto en la base 10 de la convocatoria, se informa que dichos
aspirantes deberán estar en posesión de la firma electrónica a la fecha de finalización del
curso selectivo, para poder realizar la solicitud de destinos.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.

cve: BOE-A-2024-4990
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Madrid, 1 de marzo de 2024.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, Miguel González Suela.