V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-8945)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia por el que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se aprueba provisionalmente el Proyecto de Construcción: "Autovía de Santiago – Lugo (A-54). Tramo: Ramal de conexión del enlace de Remonde con la Carretera N-547". Provincia de Lugo" Clave: 12-LU-4620.B.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 13255

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

8945

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia por el
que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad
Soste nible por la que se aprue ba provisionalme nte e l Proye cto de
Construcción: "Autovía de Santiago – Lugo (A-54). Tramo: Ramal de
conexión del enlace de Remonde con la Carretera N-547". Provincia de
Lugo" Clave: 12-LU-4620.B.

El Director General de Carreteras, con fecha 27 de febrero de 2024 ha
resuelto:
1. "Aprobar provisionalmente el proyecto de construcción "Autovía de SantiagoLugo (A-54). Tramo: Ramal de conexión del enlace de Remonde con la carretera
N-547" de clave 12-LU-4620.B, redactado con fecha febrero de 2024, con las
siguientes prescripciones a cumplimentar:
1.1. Se deberá recabar informe de Aguas de Galicia en el que se validen los
criterios empleados, así como tener en cuenta las observaciones que ésta formule.
1.2. Se deberá proseguir la tramitación de la reposición de servicios, de
acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los
Proyectos de Obras" de 7 de marzo de 1994.
1.3. Se deberá cumplimentar lo indicado en la "Nota con los aspectos
pendientes a cumplimentar de forma previa a la aprobación definitiva del Proyecto
de construcción, redactada con fecha 21 de febrero de 2024.
2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real
Decreto-Ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el presente trámite tendrá el
carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de
los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia, se
proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información Pública, de
acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto establece la
Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias para tramitación de
Proyectos, así como:

· Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo
es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos
afectados.

cve: BOE-B-2024-8945
Verificable en https://www.boe.es

· El artículo 12.6 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
carreteras, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/
1994, de 2 de septiembre. Las alegaciones que se reciban solamente se podrán
tener en consideración si versan sobre la declaración de interés general de la
carretera o sobre la concepción global de su trazado.