I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Navegación aérea. Tarifas. (BOE-A-2024-4863)
Orden TRM/229/2024, de 5 de marzo, por la que se modifica el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea (EUROCONTROL), y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas.
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Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Miércoles 13 de marzo de 2024

Zona

Sec. I. Pág. 29591

Tarifa unitaria global Tipo de cambio aplicado
en euro
1 euro =

Malta*.

27,98

-/-

Italia*.

68,88

-/-

Chipre*.

34,93

-/-

Hungría.

28,30

386,286

HUF

Noruega.

47,35

11,4432

NOK

Dinamarca.

67,56

7,45448

DKK

Eslovenia*.

67,15

-/-

Rumanía.

45,06

4,96400

RON

República Checa.

66,15

24,3528

CZK

Suecia.

74,66

11,8272

SEK

Eslovaquia*.

59,58

-/-

Croacia

*.

36,21

-/-

HRK

Bulgaria.

30,85

1,95514

BGN

Macedonia del Norte.

47,51

61,2257

MKD

Moldavia.

227,66

19,1162

MDL

Finlandia*.

57,24

-/-

Albania.

48,97

106,332

ALL

Bosnia y Herzegovina.

26,33

1,95505

BAM

Serbia/Montenegro/KFOR.

37,11

117,099

RSD

Lituania*.

63,17

-/-

LTL

Polonia.

54,49

4,59894

PLN

Armenia.

47,55

411,704

AMD

Letonia*.

44,53

-/-

Georgia.

23,81

2,79556

Estonia

*.

50,64

-/-

Ucrania.

47,90

39,3572

UAH

Ucrania Sur.

18,84

39,3572

UAH

Estado que participa en la Unión Económica y Monetaria.
Estado que establece su base de costes en euros.

3.º Las tarifas unitarias para los Estados miembros de la Unión Económica y
Monetaria son las resultantes de la aplicación de los tipos de conversión fijados
entre el euro y las monedas de dichos Estados, establecidos de forma irrevocable
el 31 de diciembre de 1998.
4.º Las tarifas unitarias para los Estados cuya moneda nacional no es el euro
y los tipos de cambio que figuran en el cuadro anterior, son los determinados y
comunicados por Eurocontrol para aplicarse en el mes de enero de 2024.
No obstante, dichas tarifas unitarias para los Estados cuya moneda nacional
no es el euro, se calcularán mensualmente basándose en el tipo medio de cambio
mensual entre el euro y la moneda nacional, correspondiente al mes anterior a
aquél en el cual se efectuó el vuelo. El tipo de cambio aplicado es el promedio

cve: BOE-A-2024-4863
Verificable en https://www.boe.es

*
**

GEL