V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2024-8820)
Extracto de la Orden de 10 de marzo de 2024, por la que se convoca el Premio "Alimentos de España a la Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2024"
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Miércoles 13 de marzo de 2024

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V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

8820

Extracto de la Orden de 10 de marzo de 2024, por la que se convoca el
Pre mio "Alime ntos de España a la Me jor Be bida Espirituosa con
Indicación Ge ográfica, año 2024"

BDNS(Identif.):748506
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
748506)
La Orden APA/379/2023, de 8 de abril, publicada en el "Boletín Oficial del
Estado" número 93, de 19 de abril, que establece las bases reguladoras de la
concesión de los Premios Alimentos de España, recoge en su artículo 4.1 que el
titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación convocará los premios
mediante su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://
www.igae.pap.minhap.gob.es y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del
Estado.
Primero. Objeto.
El Premio Alimentos de España a la Mejor Bebida Espirituosa con Indicación
Geográfica, año 2024 tiene como finalidad poner en valor y dar a conocer las
bebidas espirituosas españolas con el sello de calidad diferenciada Indicación
Geográfica (IG).
Segundo. Participantes.
1. Podrán participar en el premio las empresas autorizadas para la elaboración
de bebidas espirituosas que tengan su sede situada dentro del territorio nacional.
2. Las bebidas espirituosas participantes serán de elaboración propia del
concursante y deberán pertenecer a alguna de las Indicaciones Geográficas (IG)
españolas reconocidas por la Unión Europea. Los elaboradores podrán concursar
con varias muestras, pudiendo presentarse una única muestra por cada IG.
Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación.

Si los beneficiarios son personas físicas, podrán optar por presentar las
solicitudes en dicha sede electrónica asociada o bien presencialmente en el
Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
La solicitud y los anexos correspondientes se acompañarán de una memoria,

cve: BOE-B-2024-8820
Verificable en https://www.boe.es

Las solicitudes se dirigirán al ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se
presentarán, a través del registro electrónico de este Ministerio, en su sede
electrónica asociada (https://sede.mapa.gob.es) mediante certificado electrónico
válido y compatible con dicha sede electrónica, cumplimentando la información
requerida en esta.