III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Traductores-Intérpretes Jurados. (BOE-A-2024-4835)
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la relación de aspirantes que han sido declarados aptos en los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado, convocados por Resolución de 9 de enero de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
4835

Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica la relación de aspirantes que han sido declarados aptos en los
exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado,
convocados por Resolución de 9 de enero de 2024.

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 724/2020, de 4 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación, y en la Orden PRE/189/2016, de 17 de febrero,
por la que se regula el reconocimiento de cualificaciones profesionales adquiridas en
otros Estados miembros de la Unión Europea para el ejercicio en España de la profesión
de Traductor-Intérprete Jurado, y a propuesta del Tribunal Calificador, dispongo:
Primero.
Se hace pública la relación de personas aspirantes declaradas aptas en los
exámenes compensatorios para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado por
el procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales convocados
mediante Resolución de 9 de enero de 2024, de la Subsecretaría, y que figura como
anexo, con indicación del idioma.
Segundo.
Se declaran no aptas todas las personas aspirantes no incluidas en la relación
anexa. Las personas aspirantes que hayan sido declaradas no aptas podrán presentarse
en sucesivas convocatorias, previa solicitud, de conformidad con los artículos 6 y 12 de
la Orden PRE/189/2016.
Tercero.
La declaración de apto o no apto en la presente resolución conlleva la estimación o
desestimación, respectivamente, de las solicitudes de reconocimiento correspondientes.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de
conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.

cve: BOE-A-2024-4835
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 1 de marzo de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.